Tribunal admite demanda de Cartagena contra operadores de acueducto
La Alcaldía de Cartagena solicitó que se declare que Acuacar incumplió obligaciones establecidas en el contrato Gisaa y en el Otrosí número 3, suscrito en 2015
14 de octubre de 2026
El Tribunal Administrativo de Bolívar admitió la demanda de controversias contractuales presentada por el Distrito de Cartagena contra Veolia Environnement, Aguas de Cartagena, Acuacar, la Sociedad General de Aguas de Barcelona, Agbar, Interagbar de Colombia y Aseguradora Solidaria de Colombia. La acción judicial, presentada el 18 de agosto, busca establecer si se incumplieron obligaciones del contrato para la Gestión Integral de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado, Gisaa, y determinar las consecuencias económicas y jurídicas correspondientes. La cuantía estimada por el Distrito asciende a $120.699 millones.
Entre las principales pretensiones, la Alcaldía de Cartagena solicitó que se declare que Acuacar incumplió obligaciones establecidas en el contrato Gisaa y en el Otrosí número 3, suscrito en 2015. Como consecuencia, pidió la terminación inmediata del contrato, la reversión de los bienes destinados a la prestación de los servicios y las restituciones correspondientes. También reclamó el pago de la cláusula penal, la devolución de recursos tarifarios y la tasación anticipada de perjuicios prevista en los términos de referencia del proceso de selección del socio operador.
La demanda incluye, además, solicitudes de indexación, intereses y costas procesales. De manera subsidiaria, el Distrito pidió ordenar el cumplimiento del contrato y declarar la nulidad absoluta de su cláusula 17. Según el auto admisorio, los argumentos de la administración se fundamentan en el contrato, los términos de referencia, los documentos de adjudicación y el contrato de asistencia técnica de 1995.
La acción vincula a Agbar e Interagbar de Colombia, como accionistas clase C y socios operadores de Acuacar, y a Veolia Environnement, señalada como controlante de esas sociedades. También incluye a Aseguradora Solidaria de Colombia, que expidió la póliza de cumplimiento contractual. El Distrito plantea una posible responsabilidad solidaria por obligaciones contractuales y precontractuales, cuya procedencia deberá determinarse durante el proceso judicial.
La controversia se remonta al contrato Gisaa, publicado en la Gaceta Distrital número 46 del 21 de junio de 1995, y a sus modificaciones de 2004, 2009 y 2015. El Tribunal señaló que el acuerdo continúa en ejecución y no ha sido liquidado. La admisión de la demanda permite avanzar en el trámite judicial, pero no constituye una decisión de fondo sobre los presuntos incumplimientos ni sobre las reclamaciones económicas formuladas por el Distrito.
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