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Judicial

Función Pública incumplió cupos laborales para personas en condición de discapacidad

Se dictaminó que el Dafp no emitió la reglamentación necesaria aunque ya han pasado alrededor de 14 meses desde que la ley opera

16 de octubre de 2025

Julián Bermeo


Colprensa
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en contra del Departamento Administrativo de la Función Pública, Dafp, porque no cumplió con la obligación que tenía prevista de expedir la reglamentación necesaria para llevar a cabo la reserva de 7% de los empleos públicos que eran previstos para las personas que tenían alguna discapacidad, según como lo establecía la Ley 2418 de 2024.

El fallo se profirió dentro de una acción de cumplimiento que presentó el ciudadano Michael Nicolás Niño Escobar, quien le exigía a la Comisión Nacional del Servicio Civil, Cnsc, y al Dafp que cumplieran con lo que se estipulaba en la correspondiente ley.

“Tras el estudio del expediente, el Tribunal negó las pretensiones frente a la Cnsc, al verificar que la entidad expidió dentro del plazo legal la Circular Externa 2025RS011333, mediante la cual fijó lineamientos para la reserva de empleos de carrera en vacancia definitiva destinados a personas con discapacidad”, aseguró el comunicado del Tribunal.

El Tribunal dictaminó que el Dafp no emitió la reglamentación necesaria aunque ya han pasado alrededor de 14 meses desde que la ley entró en vigencia.

De esta manera, la Sección ordenó un plazo máximo de cuatro meses para que el Departamento Administrativo de la Función Pública expida la reglamentación correspondiente en coordinación de la Cnsc.

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