Tribunal Superior de Bogotá negó tutela de Ricardo Roa contra CNE por improcedente
Roa sostuvo que estas acciones no le dieron la oportunidad de contraargumentar con todas las pruebas que el mismo CNE había considerado introducir
28 de noviembre de 2025
Después de que Ricardo Roa, exgerente de la campaña presidencial de Gustavo Petro y hoy presidente de Ecopetrol, interpuso una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral, CNE, alegando una presunta vulneración de su derecho constitucional fundamental al debido proceso, el Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud tras aclarar que es improcedente.
Según Roa, el CNE no desarrolló todas las pruebas que había decretado, entre ellas dos conceptos técnicos, uno contable y otro jurídico, que se suponían que contribuirían a aclarar si en verdad hubo irregularidades en los topes de la campaña del presidente Gustavo Petro. No obstante, estas presuntas pruebas nunca se presentaron y aún así el Consejo cerró la etapa probatoria, llegando a conclusiones apresuradas.
El presidente de la petrolera estatal sostuvo que estas acciones no le dieron la oportunidad de contraargumentar con todas las pruebas que el mismo CNE había considerado introducir. Confesó que la sanción que se emitió es incompleta, pues no se tuvo la totalidad de los argumentos probatorios.
Según la Sala Penal del alto tribunal, esta tutela es improcedente ya que el paso correcto era demandar las decisiones del CNE ante el Consejo de Estado. Además, aseguraron que las pruebas que no se llevaron al proceso no las pidió Roa, sino otros investigados.
A su vez, el Tribunal no aprobó el perjuicio irremediable, pues no había evidencia alguna que confirmara que una eventual sanción estuviese causando daño irreparable.
Finalmente, el Tribunal aseguró que remitirá la sentencia a la Corte Constitucional.
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