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jueves, 13 de octubre de 2022

La administración Quintero no habría realizado estudios que se le ordenó para el desarrollo de un proyecto en El Poblado

El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, fue notificado de una decisión judicial en su contra que lo obliga a pagar $15 millones de multa por desacato. Esto fue por omitir una sentencia proferida en 2019 por un tribunal de Medellín que luego fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Antioquia en 2020.

Según relata Colprensa, el incidente se remonta al año 2018 cuando la promotora La Cumbre S.A., desarrollaba un proyecto habitacional en el sector de La Calera en la comuna de El Poblado. Para garantizar el acceso al mismo, la promotora debía construir una conexión vial entre las carreras 15 y 16 conectada con la calle 6 A, que desembocara en inmediaciones del sector de la Loma del Chocho, cerca de la unidad Alto Verde.

Cabe recordar que allí, en noviembre de 2008 ocurrió una avenida torrencial que provocó la muerte de 12 personas y la destrucción de seis viviendas.

Este antecedente se convirtió en un impedimento para el proyecto, ya que, ante este panorama, los vecinos del sector se opusieron a que La Cumbre desarrollara la conexión vial, pues según ellos pondría en riesgo la activación de otro movimiento en masa que generaría una nueva emergencia. Por ello requerían estudios técnicos y geológicos que les brindaran seguridad.

Para esto interpusieron una acción popular contra el Municipio de Medellín, Empresas Públicas de Medellín y La Cumbre S.A. El 21 de mayo de 2019, el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Medellín profirió sentencia en primera instancia a favor de la comunidad, declarando la violación de los derechos e intereses colectivos.

Para saldar la demanda social, se le ordenó al municipio y a la Promotora realizar una serie de estudios geotécnicos que definieran la estabilidad de la zona y las obras necesarias de cara al nuevo aforo vehicular que recibiría. Estos debían realizarse en espacio de dos meses.

Es para ese entonces, que entra Quintero en el problema. La decisión anterior, fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia en providencia del 24 de agosto del año 2020, que es ocho meses después de que Quintero llegara a la Alcaldía, por lo que le correspondía a la misma la obligación de hacer los estudios ordenados por el Tribunal.

Según el juzgado, en el presente caso la representante legal de Promotora La Cumbre S.A., a pesar de haber sido notificada del incidente de desacato, no se había pronunciado y tampoco había hecho cumplir el fallo, “comportándose pasiva e injustificadamente en el cumplimiento de las órdenes dadas en el fallo objeto de verificación, a pesar de que la orden es clara y el tiempo concedido suficiente”, apareció en el fallo.

Por ello, el juzgado determinó que tanto el alcalde y la representante legal incurrieron en desacato y por ello el primero deberá pagar 15 salarios mínimos legales “en tanto el incumplimiento de la órdenes impartidas fue total”, según el tribunal; y 10 salarios mínimos legales a la representante legal de Promotora La Cumbre S.A. “por cuanto de los seis estudios que se le ordenaron realizar solo ha realizado uno”, se lee.

Por ahora no se ha conocido reacciones del alcalde ante este revés judicial en los estrados de la ciudad.

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