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Actualidad

Uniarroz no impidió el registro de la marca Golden Supreme de Gloria

05 de mayo de 2016

Natalia Cubillos Murcia


Canal de noticias de Asuntos Legales

El abogado de Uniarroz, Álvaro Correa aseguró en la documentación que reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que “los elementos semejantes de las marcas son las expresiones Supreme y Supremo, respecto de la cual se predica identidad y por ende su confundibilidad se presume por todos los aspectos: ortográfico, fonético e ideológico”.

La empresa Gloria, a través de su apoderada María Claudia Lozano Afanador, contestó sobre esto que Golden Supreme ya tenía el registro desde el año 2006 hasta 2016 para la clase 30 y “contrario a lo señalado por el opositor, los signos en conflicto no representan similitudes con capacidad real de crear confusión entre los consumidores”. Sobre la similitud de las marcas, contestó la compañía “no es determinante para efectos de la confundibilidad, en razón a que pueden ser entendidas como un adjetivo que califica el producto”.

Con esta apreciación estuvo de acuerdo Édgar León Robayo, docente de la Universidad del Rosario y sostuvo que en este caso el elemento clave está en el lenguaje utilizado y en que la palabra usada por Gloria no es Supreme que es la que tiene el beneficio de marca notoria. En la resolución en primera instancia ante la Dirección de Signos Distintivos, firmada por María José Lamus, se otorgó la marca sin mayores problemas, de nuevo por una vigencia de 10 años.

Pero de nuevo Uniarroz defendió su marca con la norotiedad de la marca Supremo para arroz “este reconocimiento le otorga a la par el derecho de protección especial ampliada, por una parte a todos aquellos signos que de alguna manera imiten o traten de suplantar la marca notoria supremo y, por otra parte, que se pretenda registrar para cualquier clase o productos”.

El apoderado argumentó, además que pese a que la expresión estaba escrita en inglés, “para nadie es un secreto que se trata del término en español Supremo”. Pese a que el delegado José Luis Salazar reconoció que hay similitud entre los signos concluyó que hay elementos diferenciadores entre los signos y por lo tanto, admite y confirma la decisión tomada por la Dirección de Signos Distintivos.

“La expresión Golden Supreme es fácilmente identificable y distinguible, razón por la cual es registrable y con ello no se causa perjuicio alguno al titular de la marca notoria Supremo”, concluyó León.

Antecedentes
1965 fue el año clave en el que los arroceros del Tolima decidieron asociarse para crear la Unión de Arroceros SAS “con el ánimo de procesar y mercadear la producción de sus cultivos”, dice en la página de la compañía. 
La empresa tiene tres instalaciones arroceras con tecnología de punta en dos en Tolima (en el Espinal e Ibagué) y una en Casanare (en Aguazul).

La Opinión

Édgar Iván León Robayo
Docente de la universidad externado

“Golden Supreme es fácilmente identificable y distinguible por parte de los consumidores, razón por la cual es registrable y con ello no se causa perjuicio alguno al titular de la marca notoria Supremo”.

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