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viernes, 5 de febrero de 2016

Este nueva forma de generar el documento mediante el cual el vendedor o prestador de un servicio soporta comercial, contable y tributariamente la transacción realizada con el comprador, a pesar del cambio del modelo de fijación (paso del papel a un archivo digital), no sufre alteración jurídica, pues continúa siendo la prueba de toda operación comercial, y de acuerdo al negocio, un título valor.

Sin embargo, el Decreto 2242 de 2015 no es la reglamentación que introduce la factura electrónica en Colombia, previo a esta normativa, desde 1995 con la Ley 223 se calificó este tipo de documento digital como documento equivalente. Igualmente, en materia fiscal el artículo 616-1 del Estatuto Tributario advierte sobre su validez, y el Decreto 1929 de 2007 reglamenta por completo este soporte de venta.

El objetivo que tiene el Ministerio de Hacienda con la nueva norma es lograr que el uso de la factura electrónica sea general, es decir, que tanto grandes empresas como pequeños comerciantes empleen en sus compraventas la factura electrónica, la cual por su versatilidad tecnológica facilita el control fiscal, mejora el manejo contable y brinda mayor eficacia en el acceso a la información, sin ocupar espacios en archivo con libros que quizás no sean sencillos de consultar. Colombia no es el primer país que incursiona es el sistema de facturación electrónica, otros países de la región ya lo han venido haciendo con éxito, como es el caso de Chile, Perú y México, donde este tipo de documento digital cada vez es más habitual entre comerciantes y consumidores, al punto que no solo agiliza el comercio local, sino que permite interactuar en el comercio internacional, debido a su compatibilidad con otros sistemas trasnacionales.

Esta iniciativa tiene su origen en la Comisión de las Naciones Unidas para el Desarrollo Mercantil Internacional (Cnudmi), entidad encargada de expedir las normas modelo sobre documentos electrónicos transferibles, de tal modo que todos los países adopten los mismos parámetros y especificaciones, con el fin de aminorar las barreras que obstaculizan el comercio internacional. 

Ahora, lo que más inquieta a los comerciantes son los costos que puede acarrear la implementación de este nuevo sistema de facturación, pues no solo está la obligación de generar el documento de forma electrónica, sino que se deben adoptar un sistema informático adecuado, que permita el archivo de los soportes para futura consulta, y la compatibilidad tanto con los sistemas del usuario como con las plataformas que empleen las autoridades tributarias. 

Para ello, la Dian tiene previsto realizar un programa piloto, con el fin de estandarizar el archivo bajo el cual se debe generar la factura (XML), la obtención de la firma digital, la numeración y la posibilidad de acogerse al sistema desde la resolución de facturación.

Todavía hay múltiples interrogantes por responder, pues desde siempre se ha utilizado la factura impresa, permitiendo su negociabilidad como título valor (factoring), lo que preocupa a los comerciantes que obtienen liquidez bajo este tradicional modelo de financiación. No obstante, estos avances son los que hacen posible que el mercado colombiano sea una plaza atractiva, segura y organizada para invertir.