Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

viernes, 8 de noviembre de 2013

Colombia viene implementando estrategias para consolidar la política de Estado en Ciencia, Tecnología e Innovación CT+I, lo que le ha permitido avanzar en el fortalecimiento de Instituciones científicas, tecnológicas y formación de investigadores, para alcanzar en el 2014 la meta del 1% del PIB en inversión CT+I. Sin embargo, a menos de un año del cumplimiento del plazo, aún falta conexión entre la investigación, el sector productivo y el sector público, el intercambio de los recursos hacia las regiones y el incremento de la protección de la Propiedad Intelectual (PI) por parte de sus titulares. 

Hoy se promueven varios espacios para incentivar la innovación y la generación de conocimiento aplicado, como Campus Party, y para divulgar la protección de la PI, como las Aulas de Propiedad Intelectual y los Servicios Compartidos de Propiedad Intelectual (Secopi). 

No obstante, hemos encontrado empresarios que desconocen por completo los mecanismos de protección de su PI, o que acuden a ellos cuando ya no son efectivos, o que su efectividad se ha visto afectada.  Recientemente conocimos el caso de un empresario dedicado al diseño y venta de empaques que hizo entrega de un proyecto a título de propuesta técnica, la cual incluía el diseño del prototipo resultado, de su creación intelectual, sin embargo, no realizó ningún tipo de protección jurídica previa, ni advirtió de su propiedad a otro empresario que solicitó la presentación de la propuesta económica, para la fabricación futura de un empaque especial para un producto en particular.  Terminada la fase de presentación del proyecto y su valor correspodiente, el empresario, futuro contratante, no realizó la negociación sin ninguna contratación, sin embargo, hizo algunas pequeñas modificaciones al diseño propuesto y solicitó el diseño industrial del proyecto presentado por el empresario fabricante de empaques. ¿Qué podía hacer entonces el empresario fabricante de empaques respecto de su creación intelectual? 

Por fortuna el empresario a través de la gaceta de la propiedad industrial, tuvo conocimiento oportuno para presentar oposición ante la Superintendencia de Industria y Comercio, Dirección de Nuevas Creaciones y controvertir la titularidad del diseño a través del proceso administrativo, lo cual, le hizo incurrir en costos jurídicos adicionales en defensa de sus derechos. 

Para evitar situaciones como la anterior, los empresarios pueden implementar un sistema de protección de PI y sus creaciones intelectuales podrán ser protegidas por medio de derechos de autor, propiedad industrial y secretos empresariales, impidiendo que terceros competidores les copien o imiten. 

En esta coyuntura de diversificación y ampliación comercial, los empresarios pueden incrementar su competitividad por medio de la protección de la PI y agregar valor a la empresa con la defensa de sus activos intangibles, consientes que la generación o producción intelectual es la forma certera de continuar en el desarrollo sostenible, teniendo la séptima oficina de patentes más ágil del mundo.