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OPINIÓN

Desafíos y soluciones en la compensación ambiental de procesos sancionatorios

22 de mayo de 2026

Cristo Pérez Vargas

Abogado Senior en Pinilla, González & Prieto Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

El Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece que las medidas de compensación son acciones orientadas a resarcir y retribuir los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad.

Estas medidas tienen como objetivo reparar los daños causados al entorno natural, así como a las comunidades, regiones y localidades afectadas, cuando los impactos no pueden ser evitados, corregidos o mitigados. En línea con lo anterior, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), a través de la Resolución 256 de 2018, adoptó el Manual de Compensaciones Ambientales del Componente Biótico, que incluye la preservación, restauración, rehabilitación y recuperación como elementos clave en los procesos de compensación. Asimismo, el manual establece que el pago por servicios ambientales es una forma de compensación que consiste en un incentivo económico a los propietarios de predios donde se llevan a cabo acciones de conservación.

Por otro lado, la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, establece que cuando una autoridad ambiental declara la responsabilidad de un infractor, además de imponer las sanciones correspondientes, podrá imponer medidas de compensación para reparar o restaurar el daño causado por la infracción. En ese sentido, algunas autoridades ambientales imponen, como medida de compensación la siembra de árboles en las áreas afectadas por la infracción, debido a sus beneficios ecológicos. Sin embargo, en muchas ocasiones no hay espacio disponible para la siembra, y trasladarse a áreas remotas para ejecutar la medida presenta dificultades logísticas, incluyendo el traslado de personal, maquinaria e insumos.

Ante estos desafíos, se ha propuesto el pago por servicios ambientales como una alternativa viable, reconociendo económicamente las acciones de conservación ya realizadas en diversas áreas y ecosistemas estratégicos. No obstante, esta alternativa de compensación también presenta desafíos, ya que algunas autoridades ambientales sostienen que gran parte de la normatividad relacionada con las medidas de compensación debe aplicarse exclusivamente en procesos permisivos y no en procesos sancionatorios, limitando la posibilidad de adoptar medidas alternativas cuando las impuestas no puedan cumplirse.

Como si los anteriores retos no fueran suficientes, algunas autoridades tampoco disponen de bancos de proyectos para pagos por servicios ambientales, lo que dificulta el contacto entre quienes desean pagar por estos servicios y aquellos que ya están realizando acciones de conservación. Si bien la problemática presentada no es favorable, también pone de manifiesto los aspectos donde se pueden realizar mejoras significativas. Identificar estas deficiencias es crucial para desarrollar soluciones más efectivas, adecuar la respuesta de las autoridades ambientales y adaptar las alternativas de compensación a las realidades territoriales y operativas.

A través de mejoras como permitir que el infractor proponga medidas de compensación diferentes a las impuestas en el acto sancionatorio, así como la creación de bancos de proyectos para pagos por servicios ambientales, se podrá garantizar una compensación ambiental más eficiente y justa. Esto permitirá enfrentar de manera efectiva los desafíos actuales y futuros en la implementación de medidas de compensación en los procesos sancionatorios.

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