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sábado, 7 de octubre de 2017

¿A quién se le ocurriría que después de un terremoto, de un huracán, o de cualquier catástrofe, es el momento perfecto para conformar carteles y realizar maniobras anticompetitivas?

El infortunio que sufren las comunidades afectadas por estas catástrofes se refleja, no solo en la pérdida de vidas humanas, sino también en destrucción de infraestructura pública, escasez de productos de primera necesidad, dificultad para comunicarse, dificultad para viajar, interrupción de servicios públicos, problemas en prestación de servicios de salud, de alojamiento, entre otras consecuencias.

En ese contexto, ¿qué decisión tomarán los empresarios constructores que trabajarán en la reconstrucción las obras públicas, los productores de bienes de primera necesidad...?

Una decisión puede ser, ante la escasez, incrementar los precios de los bienes o servicios que ofrece. Más allá de un problema de solidaridad, esa decisión no sería reprochable desde el régimen de libre competencia, pues respecto de aquellos productos que haya libertad de precios, cada quien es libre de cobrar lo que crea conveniente dentro del mercado.

Pero, de otro lado, están quienes aprovechan esa situación de necesidad, así como la inminente inyección de recursos del Estado para reconstruir toda la infraestructura y proveer servicios públicos. Así, aparecerán interesados en conformar carteles y sacar réditos de las inversiones públicas y privadas necesarias para restablecer la situación de normalidad.

Lejos de ser un hipotético, en EE.UU. ya ocurrió esta situación después del huracán “Katrina” en 2005.

Anticipándose a las estafas, los carteles y fraudes, con ocasión de los huracanes Harvey e Irma que acaban de pasar en EE.UU., el Departamento de Justicia (DOJ) y la Comisión Federal de Comercio (FTC) presentaron el pasado 12 de septiembre un comunicado conjunto, en el cual advierten que “bajo las lecciones aprendidas del huracán Katrina, daremos un enfoque amplio a la aplicación de la ley para combatir cualquier actividad criminal que surja de la tragedia del Huracán Harvey y los esfuerzos de reconstrucción en curso “.

Las agencias destacaron que “responsabilizarán a aquellos que busquen subvertir ilegalmente la competencia y aprovecharse de los afectados por los huracanes Harvey e Irma. La División Antitrust del Departamento de Justicia procesará penalmente a las empresas involucradas en acuerdos de fijación de precios, colusión en licitaciones públicas, o acuerdos de repartición de mercados”. (cfr. www.competenciayconsumo.com)

Es claro que las autoridades deben vigilar que los precios y las calidades en las que se contrata la reconstrucción de infraestructura y atención para damnificados sea óptima.

Y, dicho lo anterior, cabe recordar también que en el estatuto de protección del consumidor se tipificaron como conductas sancionables la especulación (venta por encima de los precios regulados), el acaparamiento (la sustracción o retención de productos para desabastecer el mercado, o presionar el alza de precios) y la usura.

Por tanto, nuestra Autoridad de consumidor y de competencia -la SIC- tendrá un importante rol para prevenir y reprochar cualquier intento de sacar beneficios ilícitos en tiempos de catástrofes naturales.