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OPINIÓN

¿Cómo viene funcionando la normativa que regula la acreditación de nuevas aerolíneas en Colombia?

04 de mayo de 2024

Esteban Jaramillo Giraldo

Asociado de Del Hierro Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Desde la reactivación del transporte aéreo luego de la pandemia, Colombia se ha convertido en un epicentro de diversos hitos de la industria aérea, no solo con la crisis y transformación del modelo low cost, sino con lo atractivo que se ha vuelto para que nuevas aerolíneas quieren entrar a operar y materializar proyectos que estaban en proceso de negociación. Solo entre 2021 y 2023, Colombia ha recibido nuevos proyectos de aerolíneas de la talla de AraJet, Edelweiss, JetSmart y ahora Emirates, proyectos que mejoran nuestra conectividad y nuestro posicionamiento como marca país.

Pero entonces, ¿cómo es la estructura normativa que permite la puesta en marcha en operación de nuevas aerolíneas? ¿Responde dicho proceso a las necesidades de un mercado tan dinámico?

En cuanto a lo primero, tanto los capítulos 5 y 129 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, como el Manual de Trámites para las Actividades de Aeronáutica Civil, establecen los procesos de certificación para que explotadores aéreos puedan entrar a operar en el país. Se trata de un proceso técnico y jurídico, en donde debería primar la colaboración y el trabajo eficiente entre aerolínea y autoridad para lograr los tiempos propuestos.

De manera general, el proceso está compuesto por la etapa Inicial, la etapa de certificación y la etapa de otorgamiento, en donde las aerolíneas deben presentar el proyecto ante diferentes dependencias de la Aeronáutica Civil y cumplir los requisitos técnicos y operativos que señala la normativa aplicable según el caso.

Dicha estructura normativa, cuenta con un trasfondo técnico y rígido pero eficaz: es una hoja de ruta clara y estricta que le permite a la aerolínea interesada tener seguridad jurídica, y a la autoridad, dientes para exigir el cumplimiento de todos los requisitos que rodean la operación aérea. Al respecto, la Aeronáutica Civil se ha encargado de ir adaptando la normativa a la realidad de la industria, pero guarda aún un listado de extensos requisitos que se han ido descartando en otras jurisdicciones. En todo caso, no se trata de un proceso expedito y, por el contrario, la mayoría de los proyectos no tardan meses sino años.

Frente a lo segundo, si bien la puesta en marcha de una operación de una aerolínea requiere de todo un estudio previo y la estructuración de un proyecto a mediano y corto plazo, el mercado nunca deja de ser dinámico y cambiante, por lo que la estructura normativa que rodea la certificación de una aerolínea nueva, tiene como reto responder a las necesidades de ese mercado y entender la realidad de la industria al momento de recibir un proyecto nuevo.

En nuestro caso, el proceso de certificación, más allá de ser estricto y complejo, goza de un alto nivel técnico y jurídico que a veces no responde a la realidad dinámica de la industria. La verificación de la viabilidad jurídica, comercial, técnica y de seguridad que amparan la actividad aérea necesitan estudios desde las órbitas del derecho de la competencia, de la prevención sobre la comisión de actividades ilícitas, de la seguridad operacional, del cumplimiento de los derechos de los pasajeros, y de otras más aristas relevantes pero complejas.

Por ello, más allá del factor técnico normativo, la eficiencia de cómo se lleva a cabo el proceso de certificación toma un papel principal y es allí en donde deben enfocarse los esfuerzos: en que autoridad y aerolínea hagan un uso juicioso de una normativa que, sin dejar de ser técnica y profunda, responde cada vez más a la realidad del mercado.

*Esteban Jaramillo Giraldo, Asociado de Del Hierro Abogados.

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