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sábado, 24 de junio de 2017

Y es que en cada segundo se generan billones de bytes de información, que provienen de fuentes tan diversas como las compras que realizamos con nuestra tarjeta de crédito o el clic que damos en Facebook cuando algo nos gusta.

Las plataformas de “big data” convierten, de manera automática, los datos que obtienen de diversas fuentes en un commodity que se ofrece a los empresarios para que tomen sus decisiones, lo que les puede generar una significativa ventaja competitiva. Es decir, que este recurso les permite recolectar, simplificar y analizar información, que no podría ser procesada mediante herramientas convencionales, para crear perfiles de clientes y diseñar ofertas que se ajusten a sus hábitos y preferencias.

Por ejemplo, a partir de los tweets que publicamos, una empresa que cuente con una plataforma “big data” puede conocer nuestra opinión sobre determinado servicio y realizar las adecuaciones que considere convenientes.

Al margen de las inquietudes que este asunto pudiera generar en lo concerniente a las leyes de protección de datos -tema que no es materia del presente artículo- habría que preguntarse cuándo el uso de esta nueva herramienta excede sus beneficios para convertirse en una conducta anticompetitiva.

Sobre el particular, el reporte elaborado, en mayo de 2016, por las autoridades de competencia francesa y alemana arroja algunas luces. El documento señala que el “big data” podría generar barreras de entrada, cuando no todos los empresarios pueden tener acceso a esa herramienta. Fue por esta razón que la autoridad de competencia de los EE.UU. se opuso a la fusión de las empresas PowerReviews y Bazaarvoice, plataformas que ayudaban a las compañías a recopilar y analizar las opiniones publicadas en línea sobre sus bienes y servicios. Alegó la Autoridad que la fusión generaría un obstáculo para potenciales competidores que carecían de los volúmenes descomunales de información que manejaban ambas empresas.

Además, el uso del “big data” puede llevar a una compañía que cuenta con poder de mercado a fijar precios discriminatorios, toda vez que le da la posibilidad de determinar cuánto está dispuesto a pagar cada cliente según la información derivada de las consultas de los usuarios. De otra parte, el reporte asevera que se puede generar un efecto “bola de nieve”, por cuanto quienes cuentan con un mayor volumen de información van a tener cada vez más clientes, lo que, a su vez, les permite consolidar su posición de dominio en el mercado y recolectar más y más datos.

Adicionalmente, quienes manejan este tipo de información pueden incurrir en otras conductas restrictivas, como ocurrió en el caso “Cagedim”, en donde el proveedor líder de bases de datos de información médica en Francia, se negó a vender su base “OneKey” a los clientes que utilizaran el software de su competidor.

Por consiguiente, si bien es claro que no se puede satanizar los beneficios que representa un adecuado uso del “big data” para los empresarios e incluso para los mismos consumidores, existen muchas áreas grises que implican que este recurso debe manejarse con especial cautela a efectos de evitar incurrir en conductas restrictivas de la competencia.

Aunque en Colombia no existen aún mayores desarrollos sobre el tema, los precedentes jurisprudenciales que se están produciendo en otros países se han de considerar como puntos de referencia.