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OPINIÓN

Servicios Públicos Domiciliarios y Desviaciones Significativas

24 de junio de 2023

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE ENERGY

info@oge.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

Las Desviaciones Significativas corresponden a los aumentos o reducciones en los consumos que sean mayores a los porcentajes que fijen las empresas de servicios públicos domiciliarios en las condiciones uniformes del contrato. Para determinar las Desviaciones Significativas se considera una comparación de los aumentos o reducciones con un promedio de consumo del usuario en un periodo determinado.

Por la relevancia que tienen las Desviaciones Significativas a continuación se identifican 6 puntos fundamentales:

Primero: En el año 1997 se expidió la Resolución CREG 108 de 1997, la cual en su artículo 37 reguló sobre Investigación de Desviaciones Significativas.

Segundo: En el año 2021 el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la expresión “los porcentajes que fijen las empresas en las condiciones uniformes del contrato” del artículo 37 de la Resolución 108 de 1997, expedida por la CREG.

En atención a que los efectos de la mencionada suspensión provisional, empezaron a ser efectivos a partir de la expedición la providencia del Consejo de Estado que la decretó, los contratos entre las empresas y los usuarios que se suscribieron cuando la norma se encontraba vigente y no había perdido su fuerza ejecutoria, son legales al igual que los cobros que hagan las empresas de servicios públicos por Desviaciones Significativas.

Tercero: Sobre las Desviaciones Significativas también tenemos que es deber de los usuarios colaborar con el procedimiento de investigación para aclarar las causas de la desviación. Una forma de colaboración es indicando si existió un cambio en el desarrollo de la actividad del usuario.

Cuarto: Por otro lado, con la implementación de los medidores inteligentes el usuario tiene la responsabilidad de adoptar precauciones eficaces para que no se altere la medida, en caso de latencia en comunicaciones en la fecha de lectura del cliente, el consumo se determinará por el promedio de los días en los cuales no se haya podido traer el dato de lectura puntual.

Quinto: Dentro de las propuestas para ajustar las Desviaciones Significativas se sugiere que producto de un estudio de caracterización de los usuarios se establezca vía regulación los rangos máximos tolerables de desviación a partir de los cuales pueda abrirse un procedimiento de investigación.

Sexto: Otra propuesta de ajuste que se ha planteado sobre las Desviaciones Significativas es que las empresas de servicios públicos domiciliarios establezcan un procedimiento por el cual en escenarios en que se presenten Desviaciones Significativas, se defina el proceso por el cual se hará la devolución con intereses de la diferencia pagada por el usuario, cuando éste haya pagado por encima de su consumo real.

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