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OPINIÓN

Virtualidad, sí

02 de abril de 2022

Iván Cancino

Abogado litigante
Canal de noticias de Asuntos Legales

Durante la pandemia estuve en Itsmina, Chocó; Agrado, Huila; y San Pedro, Valle del Cauca; sin problemas de transporte y respetando las normas de bioseguridad, y en estas visitas compartí y aprendí de colegas de esos municipios.

De la misma manera, estuve también en San Andrés, Cartagena y Pasto en el mismo día, no perdí ninguno de estos viajes y la justicia tampoco. También compartí una audiencia en Bogotá con un colega que tenía su pie fracturado y enyesado que se encontraba en tierras lejanas, pero ahí estaba, conectado con su cliente.

La virtualidad permitió todo esto, y no solo permitió el gusto de “estar” en estos sitios o con tantos colegas; antes de las audiencias por medio de plataformas hubiera sido imposible, para mí y para muchos otros abogados, ampliar aún más su espectro de defensa a nivel nacional.

La virtualidad también eliminó la cancelación, aplazamiento o suspensión de muchas audiencias; un píe fracturado impediría viajar fácilmente a cumplir una cita, pero jamás impedirá asistir a una audiencia en Zoom, Meets o cualquier otra plataforma.

Una gripa fuerte también impediría desplazarse a una sede física, pero jamás atender una cita sentado o acostado frente a un celular, un computador o una tableta. Y sí, aunque me imagino ya los mismos chistes de siempre, aún habría excusas que impedirían una audiencia, pero muy pocas y excepcionales.

Antes, una audiencia en Bogotá a las nueve de la mañana, impediría estar en otra a las dos de la tarde en Cali, ya no; ahora ha sido posibles estar en varias ciudades en un mismo día.

¿Problemas? Claro que sí, pero todos solucionables y muy pocos relacionados con el ámbito del proceso, es decir, que existen personas que no tienen acceso a un equipo que permita comunicarse o que, teniéndolo, no hay acceso adecuado a internet, o que en la práctica de la prueba testimonial se requiere estar cuidando que el testimonio sea libre, espontáneo y sin ayudas de documentos, o que alguien al lado esté soplando, o que haya que entregar unos documentos muy pesados que no son fáciles de subir virtualmente, pues aquí también la virtualidad puede operar, trasladar al testigo a la sede más cercana con buena señal de internet, bien sea un juzgado, un tribunal o un centro de servicios, por ejemplo, y listo.

En el caso de la prueba, al igual que los testigos, que se desplacen los documentos y el testigo y que la persona encargada de esa sede donde se va a practicar la prueba sea la garante de la rectitud de la misma, o que solo esas partes se trasladen al juzgado, como propusieron y sucedió en dos casos que se llevaron a cabo en Bogotá y otro en Pacho, Cundinamarca.

Querer es poder, tenemos bastante que mejorar, que aprender, que ajustar, pero las ventajas de la virtualidad son superiores por mucho a sus defectos.

Incluso una fórmula mixta como la expresada sigue siendo ventajosa en todo sentido para el mejor desarrollo de los procesos y una mejor y más eficaz justicia.

Que viva la virtualidad, y que siga siendo parte de la justicia en Colombia, esto es lo que el sistema necesita.

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