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sábado, 5 de junio de 2021

Para nadie es un secreto que el panorama fiscal del país es delicado y se requiere de acciones inmediatas que mejoren el recaudo. Esta situación no es nueva y, de hecho, ha sido una constante en Colombia durante los últimos años, razón por la cual ha sido intensiva la presentación de reformas tributarias en los últimos dos periodos presidenciales.

Las finanzas en Colombia hoy también se encuentran en unidad cuidados intensivos. De allí que para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y las autoridades del Estado la prioridad número uno sea recuperar los dineros dejados de declarar por los contribuyentes.

Ya en países como México y España se ha acudido a la criminalización de la evasión fiscal para incentivar el pago de los impuestos que dejan de pagar irregularmente los contribuyentes. Al margen de la discusión sobre si esto se traduce en un fenómeno expansionista del Derecho Penal, que en efecto es así, lo cierto es que en otros países estas estrategias han servido para poner en cinturón a varios contribuyentes en situaciones de irregularidad, demostrando el éxito efectista de esa armonización entre lo penal y lo tributario.

La más reciente reforma tributaria, Ley 2010 de 2019, implementó esta misma política pública y acudió al Derecho Penal como mecanismo de recaudo. Esto supone un replanteamiento en el litigio tributario en Colombia, en el que se debe acudir a estrategias preventivas más estrictas y estrategias de defensa con conocimiento técnico que armonicen lo penal y lo tributario.

El artículo 132 de la referida reforma creó la Dirección Especializada contra los Delitos Fiscales y le asignó una planta de personal con 30 fiscales, 45 profesionales y 50 técnicos especializados en las áreas de tributación, finanzas y contabilidad. Con esta estructura interdisciplinar se crea un equipo de trabajo robusto para iniciar la persecución de todos los evasores, aunque, como advierte el profesor César Cermeño, socio de DLA Piper Martínez Beltrán, en el desarrollo de sus procesos de fiscalización, también es factible que se investigue a contribuyentes serios que pudieron cometer simples yerros formales o que tengan diferencias de criterio con la autoridad tributaria.
En la Fiscalía General, a su vez, muy recientemente se expidió la Resolución 00720 del 15 de abril de 2021 a través de la cual se asignan los criterios de conocimiento para determinar qué casos asumirá esta dirección. Entre ellos se destacan:

a) Omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes y defraudación o evasión tributaria sin importar la cuantía;

b) Omisión de agente retenedor o recaudador cuando la cuantía sea igual o superior a los 350 smlmv;

c) Exportación o importación ficticia, evasión fiscal, estafa agravada, ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico, destino de recursos del tesoro para el estímulo o beneficio indebido de explotadores y comerciantes de metales preciosos, fraude de subvenciones, cuando se trate de hechos cuya cuantía supere los 300 slmvlmv;

d) Otros delitos relacionados con los fenómenos de evasión de impuestos que indiquen la existencia de esquemas de defraudación tributaria.

Estas actividades, además, cuentan con un trabajo conjunto adelantado entre la Dian y la Fiscalía a través de mesas interinstitucionales en las cuales se ha priorizado el avance con estas investigaciones originariamente fiscales, pero con consecuencias claramente penales.

Es así como estamos ante una nueva y compleja realidad del litigio tributario en Colombia. El país se la está jugando toda para recuperar los impuestos evadidos por los contribuyentes, principalmente en materia de IVA y renta (aunque el tipo penal de defraudación tributaria también involucraría aspectos relacionados con tributos territoriales, lo cual hará todavía más compleja y estresante la situación para algunas empresas). Con todo, el objetivo es superar el déficit fiscal.

A la Fiscalía General se le asignó la importante función de ser el ‘chepito’ del Estado para ayudar en esta enorme labor y a las empresas les toca ahora cuidarse más que nunca para evitar sanciones y cárcel por buscar un ‘ahorro’ en sus impuestos. Es necesario que los empresarios busquen preventivamente alternativas de corrección y pago y se asesoren jurídicamente para evitar problemas que tengan consecuencias inevitablemente más graves.