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viernes, 23 de noviembre de 2018

La Organización de Aviación Civil Internacional (Oaci) ha establecido que el objetivo principal en la prestación de servicios a la navegación aérea es prevenir colisiones entre aeronaves. Para cumplir este objetivo y poder garantizar la seguridad operacional en la aviación civil, debe haber los mejores servicios de control de tráfico aéreo (ATC).

Proporcionar los mejores servicios y ayudas a la navegación aérea, entre otros, servicios de control de tráfico aéreo, es una obligación legal que tienen los Estados parte del Convenio de Chicago de 1944, entre ellos Colombia, de acuerdo con el artículo 28 de esta norma.

No hacerlo o hacerlo regular o mal, pone a cualquier Estado que preste dichos servicios en una situación de incumplimiento con este mandato.

Es por esta razón legal que es tan importante prestar los servicios a la navegación aérea con los más altos estándares. No es un favor que los Estados hacen a los usuarios (las aerolíneas entre otros) pues por estos servicios están pagando tarifas que además son costosas.

No prestar estos servicios a los usuarios o consumidores de manera perfecta, genera un riesgo a la seguridad operacional, puede generar accidentes o incidentes, y destruye la reputación y la confiabilidad del Estado que presta los servicios a la navegación aérea.

Uno de los argumentos más fuertes en el mundo para privatizar dichos servicios ha sido la incapacidad del sistema de control de tráfico aéreo operado por el Estado, quien tiene doble condición, regulador y proveedor de los servicios. De acuerdo con estudiosos del tema, esta doble condición le impide al Estado, responder rápidamente a las necesidades de los usuarios.

Es por esto que, la Oaci y la academia han insistido en que la doble condición del Estado no debe existir. La independencia, es la única forma de garantizar absoluta transparencia en la prestación del servicio y evitar el conflicto de intereses que genera la doble condición.

En varios países ya es un hecho la privatización de los servicios a la navegación aérea: Alemania, Canadá, Reino Unido, Países Bajos, Nueva Zelanda, Jordania, Perú, Senegal entre otros.

La privatización de la prestación de los servicios a la navegación aérea genera independencia y autonomía al ente que los preste. De otra parte, es la oportunidad que tiene el Estado para liberarse de una serie de cargas, muchas de ellas innecesarias, como por ejemplo, la carga administrativa sobre el personal que presta servicios a la navegación aérea y la inversión en infraestructura aeronáutica para prestar servicios a la navegación aérea, por mencionar algunos de los costos más altos.

La privatización de dichos servicios otorga a la autoridad aeronáutica objetividad respecto de la calidad de los servicios prestados, pues se convierte en un observador independiente, y esto le permite a su vez, sugerir los cambios que sean necesarios, sin estar en la posición de tener que autorregularse.

Pienso que llegó el momento de que Colombia se mueva en este sentido pues los resultados pueden ser muy positivos para el desarrollo. Al hacerlo vamos a garantizar la obligación establecida en el artículo 28 del Convenio de Chicago, mucho mejor que como lo venimos haciendo, lo cual generará a Colombia, tanto interna como internacionalmente, mucho más prestigio y confiabilidad.