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lunes, 15 de julio de 2013

El concepto de refugiado o desplazado ambiental no ha encontrado eco en las políticas públicas sociales y ambientales de los países en desarrollo, ya sea por desconocimiento o por simple omisión para abordar una problemática mundial que cada día reclama de manera ascendente una atención pronta y oportuna por parte de los Estados.

Ha llegado el momento de que los países en desarrollo enfoquen su atención en los desplazados o refugiados ambientales, entendidos estos como aquellos pueblos o personas que deben trasladarse de sus lugares de origen por motivos ambientales como desastres naturales o por los impactos directos o indirectos  antropogénicos sobre el ambiente, la realidad mundial obliga a reflexionar sobre los planes, programas y proyectos que se deben implementar para atender el gran número de personas que migraran a territorios más seguros o que puedan proveer las garantías mínimas de supervivencia.
 
La contaminación de los recursos naturales “renovables”, la escasez de agua, la desertificación de los suelos, la deforestación,  y los efectos de Cambio Climático son apenas algunos de los principales causantes de refugiados ambientales, por lo que es necesario advertir una relación directa entre impactos negativos en el ambiente frente al incremento en el desplazamiento ambiental, en donde seguramente el resultado no será muy alentador ni prometedor desde una perspectiva mundial.
 
Colombia debe estar preparada para atender a los refugiados ambientales, puesto  que su ubicación geográfica le genera desventajas respecto a los efectos de cambio climático, el incremento del nivel del mar, la perdida de biodiversidad en algunas zonas del país, la infertilidad de los suelos que atentan la seguridad alimentaria, la disminución de la pluviosidad,  y el aumento de enfermedades serán en un corto y mediano plazo situaciones de atención con alta prioridad para los gobiernos de turno, por lo que se hace indispensable que las entidades territoriales planifiquen de manera técnica, ordenada y consensuada el uso y aprovechamiento del suelo, de esa manera, deben conocer el alcance de lo que significa el Plan de Ordenamiento Territorial instrumento guía obligatorio  que permita reconocer cuales serán los espacios en los que se prohíben los asentamientos humanos, y a su vez en que zonas actuales se pueden presentar afectaciones que obliguen el traslado de poblaciones o personas por impactos ambientales.
 
Un refugiado  o desplazado ambiental no responde a criterios económicos, sociales o culturales, lo que quiere decir que no respetara condiciones de estratificación ni de posición social o educativa,  por lo que el problema aumenta en cuanto a su atención, ya que posiblemente los grandes grupos empresariales dedicados al agro quienes alquilan o poseen inmensas extensiones de tierra serán algunos de los perjudicados y desplazados ambientales.
 
El refugiado ambiental traspasa muchas veces las fronteras en la búsqueda de recursos naturales para subsistir, lo que lógicamente trae afectaciones en el suelo por tala de arboles, contaminación del aire, degradación de suelos y otros que van acortando el territorio disponible productivo.
 
Si las entidades territoriales  Colombianas en consenso con el Gobierno Nacional no logran activar las alarmas sobre este fenómeno, va ser muy deficiente y  precaria la atención que reciban esta clase de desplazados, lo que impactará de manera directa la disponibilidad del suelo así como la calidad de los recursos naturales renovables, promoviendo un efecto domino en el crecimiento económico del país.
 
 
 
El desplazamiento ambiental corroborará la tesis de que los Planes de Ordenamiento Territorial son un instrumento idóneo para atender la problemática ambiental, siempre y cuando en su estructuración acudan profesionales y técnicos que ayuden a la previsión de este y otro tipo de situaciones que se evidenciaran en un plazo muy corto.