Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

jueves, 14 de mayo de 2020

El mundo globalizado no estaba listo para una pandemia, el covid-19 (C19) ha dejado consecuencias imprevistas que nos han afectado de manera generalizada. Como respuesta a la crisis sanitaria, los gobiernos han optado por medidas en pro de preservar la vida, medidas que tienen y tendrán graves repercusiones para todos, empleados y empresarios, que han y habrán perdido medios de subsistencia y riqueza.

El sistema de Propiedad Intelectual (PI), juega un papel fundamental en medio de crisis y catástrofes, pues la solución como siempre, la encontramos en el ingenio humano, en la capacidad de dar solución y nuevas soluciones a los problemas que nos atañen.

Es bajo estas circunstancias donde en busca de esas soluciones, se gestan conflictos desde un punto de vista jurídico de “derechos”, por un lado el de los inventores (el régimen de PI, exclusividad, propiedad privada) y por el otro, los derechos de interés público (derecho internacional humanitario cuando se enmarca en el respeto al derecho a la vida y a la salud). Por ejemplo, las licencias obligatorias como una medida del estado Colombiano en aras de proteger los intereses generales.

Esta figura consagrada en el art 65 de la Decisión 486, definida como la facultad del Estado de otorgar licencias de patentes sin el consentimiento del titular y además respaldada por el Decreto 476 de 2020, que (con ocasión de la crisis generada por el C19) concedió la facultad al Ministerio de Salud y Protección Social de “declarar de interés en salud pública los medicamentos, dispositivos médicos, vacunas y otras tecnologías en salud que sean utilizadas para el diagnóstico, prevención y tratamiento del C19”.

Muchas farmacéuticas se encuentran investigando y desarrollando medicamentos que puedan, tanto prevenir como tratar el virus, investigaciones de las cuales el resultado será una patente. El problema y en relación con las licencias obligatorias (tema del cual Colombia no es ajena: por el año 2015 se presentó el caso de la “Imatinib”, por ejemplo), es que el acceso a las medicinas afecta a países como el nuestro -en vía de desarrollo- con poca o inexistente capacidad de producción en el sector farmacéutico y tecnológico, lo que permite que se abra el camino a conductas anticompetitivas y precios que no son justos con el consumidor. No debemos olvidar que nos encontramos en un sistema neoliberal dónde por supuesto la investigación de las empresas busca su respectiva remuneración y una posición fuerte en el mercado, lamentablemente nuestra industria nacional no juega un papel activo en estas dinámicas a nivel global.

Quiero resaltar que la solución a una crisis siempre va de la mano de la ciencia, la tecnología y la innovación. La PI se presta como una herramienta para ello, pues su objetivo principal no es enriquecer a las empresas que se dedican a innovar, sino la trasferencia tecnológica e innovación para el beneficio social.

Si bien la solución al C19 no es política, las decisiones iniciales sí los son, el deber y desafío de fomentar la innovación, es político. El actual Gobierno tiene como estandarte la Economía Naranja; justamente la coyuntura del C19 y sus consecuencias económicas abren oportunidades para invertir recursos y creer que la industria Colombia puede innovar, dar soluciones para el país y el mundo entero. Esperar que nos lleguen los últimos avances de China, USA y Japón (orden de países que más presentaron solicitudes de aplicaciones de patentes a 2019) no es una opción.