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miércoles, 8 de octubre de 2014

Hoy en día los empresarios cuentan con una amplia oferta de instrumentos que les permiten acceder al capital necesario para el desarrollo eficiente de sus negocios. Por otro lado, con los avances legales el reconocimiento de garantías viables para asegurar el pago de la deuda, comienza a comprender activos que antes parecían impensables. Este es el caso del  financiamiento basado en reservas, reconocido en el mercado internacional como “reserves based lending”.

Esta forma de estructuración corporativa de préstamos, centra el colateral en las reservas no desarrolladas de hidrocarburos, convirtiéndose en un activo atractivo para el escenario del mercado de Oil & Gas. Las reservas no desarrolladas son el volumen de hidrocarburos que, se prevé, pueden ser recuperadas de un yacimiento a lo largo de su vida útil. La extracción se realiza a través de pozos nuevos en áreas no perforadas o en áreas donde se requiere bien sea una inversión significativa para terminar los pozos existentes o para la construcción y operación de las instalaciones para la producción y transporte. Actualmente, estas reservas puedan ser utilizadas como una herramienta para viabilizar el financiamiento de las compañías en este sector. 

La técnica se emplea para financiar empresas del sector de hidrocarburos que cuentan con contratos para la explotación y exploración de campos ya en producción o donde se espera que la producción este próxima a comenzar. La financiación se enfoca entonces en el valor presente esperado de los flujos de caja resultantes de las producciones de sus campos en el futuro. Las reservas no desarrolladas son la fuente que generará el flujo de caja suficiente para amortizar los préstamos. Ante un incumplimiento, el prestamista se convertiría en el propietario directo del crudo que se explote a partir del punto de verificación del campo. Los bancos no son indiferentes del valor que esto representa, dando lugar a la estructuración de créditos basándose en la expectativa de pago derivado de la venta de producciones futuras. 

Ahora bien, sin ser ajeno a lo anterior, la reciente evolución del legislador colombiano con la entrada en vigencia la Ley 1676 de 2013 en el marco de las garantías mobiliarias le imprime una atractiva viabilidad a esta técnica de financiamiento. Aunque en Colombia las reservas no puedan constituir directamente una garantía, pues el Estado es propietario del subsuelo, el producto tras su extracción, si puede serlo. Como se acaba de indicar, la nueva legislación de garantías mobiliarias en Colombia ha permitido que activos tan diversos como bienes futuros aún no desarrollados permitan constituirse como garantías perfectamente viables. 

En este escenario, compañías dedicadas a explotar y comercializar productos como el petróleo y gas, que tienen requerimientos de inversión significativos a largo plazo para desarrollar y operar la empresa, pueden pensar en estructurar su actividad basando el repago de la deuda en las reservas futuras que les pertenecen, una vez extraídas del subsuelo. El valor que representan estos commodities al momento de su venta, es un factor valorado por los prestamistas, quienes lo reconocen como una garantía. Así, el acceso al crédito fundamentado en las mismas reservas que aún no han sido explotadas es posible, algo que hace unos años era impensable para esta industria en nuestro país.  

Bajo este nuevo panorama, las empresas pueden valerse de una gama más amplia de garantías para acceder al crédito y contar así con los recursos necesarios para expandir sus negocios. A su vez, los bancos cuentan con nuevas figuras legales viables para garantizar el pago de la deuda. Habrá que ver cómo la banca nacional y la autoridad de hidrocarburos en Colombia reciben este sofisticado esquema de financiamiento, pero indiscutiblemente el “reserves based lending” será un novedoso mecanismo que tendrá un gran impacto en la forma de financiar proyectos en Colombia.