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OPINIÓN

Dejémonos de obviedades

17 de septiembre de 2016

Paula Vejarano

Dir. de litigios en Dentons Cárdenas & Cárdenas
Canal de noticias de Asuntos Legales

Según la Constitución, la familia “se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. 

Para el lector desprevenido esa explicación de cómo se conforma ese núcleo esencial de la sociedad resulta obvia, pero fíjese un poco más y encontrará que el asunto se empieza a complicar y lo obvio deja de tener ese carácter. Que el vínculo sea natural o jurídico, en principio no tiene ningún tipo de dificultad; pero que se trate de una decisión libre de contraer matrimonio o de la voluntad responsable de conformarla empieza a tener otro tipo de efectos. 

Por ejemplo, ¿qué pasa cuando la decisión de contraer matrimonio no es libre? El Código Civil cuando define el matrimonio dice textualmente: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente” y posteriormente advierte que como cualquier contrato “el matrimonio es nulo y sin efecto en los casos siguientes” y trae un listado de once eventos en los cuales válidamente una persona puede solicitar la nulidad de un matrimonio porque su voluntad para contraerlo no era tal, ya sea por ausencia de capacidad para casarse, porque había un error en la persona, porque medió fuerza o miedo, etc. De modo que esa decisión libre de contraer matrimonio perdería la vocación de constituir una familia.

¿Qué hacemos entonces con los hijos si llegara a haber en un matrimonio declarado nulo? Claro, gracias a la sabiduría del legislador no existe duda de que se consideran legítimos y sus padres asumen su manutención, cuidado, educación y custodia, pero ¿y la familia? ¿Acaso esos hijos no tienen una familia? Por qué si sus padres no tenían la voluntad de casarse deberíamos asumir que sí tenían la voluntad de conformar una familia. Sí, esta es una reducción al absurdo pero es útil para mostrar que aún bajo el más tradicional y conservador de los esquemas la definición de familia es problemática e insuficiente. 

Por supuesto que la familia trasciende al matrimonio, pero ¿en ausencia de decisión libre o de voluntad responsable de conformarla deja de haber familia? Las cosas dejan de ser obvias.

Cuando hablamos de familia ¿qué es lo importante? Que el vínculo sea establecido, sí o sí, entre un hombre y una mujer o la voluntad responsable de conformarla o que todo niño nazca dentro de un matrimonio o una unión entre hombre y mujer con la unívoca intensión de reproducirse. 

Cuando le queremos garantizar a los niños su derecho a tener una familia ¿qué es lo que estamos buscando? ¿Obligar a sus padres a permanecer juntos aun sin querer hacerlo? ¿Qué los niños en estado de abandono cuenten con un vínculo paterno filial con personas con las que naturalmente no lo tienen para que sean estos quienes se encarguen de su cuidado, custodia, alimentación, educación y seguridad bajo la suprema vigilancia del Estado, aun cuando estas personas no tengan vínculos matrimoniales? Nada de esto es tan obvio.

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