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lunes, 18 de diciembre de 2017

La justicia, como ente dador de derechos es, sin lugar a dudas, la responsable de las grandes revoluciones en materia de reconocimiento de derechos. El poder de otorgar derechos que antes no eran reconocidos, de establecer parámetros interpretativos de las normas constitucionales, señalar el alcance de las normas arcaicas vigentes es infinito; pero como nos ha enseñado la moralidad de los superhéroes: Todo gran poder puede ser usado para bien o para mal.

La lucha feminista, que no es otra cosa que la búsqueda incansable de la igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades entre géneros, que viene desde hace varias décadas valiéndose del poder legislativo para lograr que, por lo menos en el papel se establezcan principios de igualdad, no discriminación y protección especial en situaciones de mayor vulneración, lleva una fuerte cruzada en los estrados judiciales logrando que sea la jurisprudencia la que haga una realidad palpable ese decálogo de principios.

Con tutelas se obtuvo la inclusión de criterios de género para la resolución de cuestiones de familia como el reconocimiento de que el daño causado a una mujer que víctima de violencia intrafamiliar, debía ser indemnizado como alimentos, así no cumpliera con el criterio de necesidad.

A través de una acción de constitucionalidad, se dio a las mujeres víctimas de violación o a aquellas que su embarazo es un riesgo para su vida y salud o cuando el que está por nacer tiene malformaciones que harían inviable su supervivencia fuera del útero la posibilidad de abortar sin que fueran penadas por ello.

Con distintos fallos de jueces laborales se ha brindado a las mujeres embarazadas el derecho a la estabilidad laboral reforzada, reconociendo que la labor de madre debe ser protegida de modo que un embarazo no sea una justificante para despedir a una mujer.

Pequeñas victorias que nos acercan a un estado más igualitario, justo y eficiente para todos. El reconocimiento de derechos que, en principio puedan ser entendidos con exclusivos de las mujeres repercuten directamente en el bienestar social de hombres y mujeres (así haya quienes se nieguen a aceptarlo). El poder usado para el bien.

Sin embargo, ese poder maravilloso también ha sido usado para el mal, y como si se tratara de Harvey Dent (el emblemático villano de Batman “Dos Caras”) la justicia sufre de una esquizofrenia que responde a los estímulos que recibe.

En el último mes, nos escandalizamos con una sentencia de la Sala de Casación Penal que exoneró a una persona por haber abusado sexualmente de un par de mujeres. Lo que nos escandalizó no fue la decisión en sí misma de haber declarado inocente a una persona acusada de violación. No. Lo que nos escandalizó fue que la argumentación de la Sala resultó revictimizante y desconocedora de los principios básicos de igualdad y respeto por la dignidad de las víctimas. Es una sentencia justificante y que, sin más ni más, sentó una línea de conducta respecto de cómo debe actuar una persona víctima de violación para que pueda ser reconocida de ese modo y, sin más ni más, echó al traste miles de años de estudios sicológicos que concluyen que todo el mundo reacciona diferente a situaciones de estrés, incluso, paralizándose.

Para la Sala Penal, en esa oportunidad, la culpabilidad de un sujeto depende no de su conducta sino de la reacción de sus víctimas que si no son sobreactuadas al mejor estilo de Gabriela Spanic permiten concluir que nunca hubo ilícito.

Entonces, mientras se extiende el alcance de los alimentos a tener un carácter indemnizatorio, se obliga a las víctimas a tener un modelo de conducta que sí sea “consistente” con la imagen de telenovela que el juzgador pueda tener, dando más valor al prejuicio que a la valoración objetiva de las pruebas. Estos sí son verdaderos problemas y contradicciones que nuestra justicia de dos caras atraviesa; no como las formalidades inocuas del lenguaje incluyente en el lema capitalino. No necesitamos un “todos y todas” porque, aunque la mona se vista de seda, mona se queda.