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OPINIÓN

Implementación del Registro Único de Trabajadores

14 de noviembre de 2018

Rodrigo Tannus Serrano

Socio de Tannus & Asociados

rtannus@tannus.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

El 9 de octubre de 2018 el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 4386 con la cual se crea e implementa el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia -Rutec-. Con este registro se pretende recopilar y controlar la información de los trabajadores extranjeros en el país, permitiéndole al Ministerio tener información de primera mano sobre la inmigración laboral, así como supervisar su situación laboral, condiciones de trabajo, y garantizar el cabal cumplimiento de las normas y el respeto de los derechos laborales en Colombia, y evitar prácticas de contratación abusivas e ilegales.

¿Para quién aplica el registro? Para todas las entidades o empleadores del sector público y privado que vinculen o contraten personas extranjeras dentro del territorio colombiano, así como para trabajadores extranjeros independientes.

Se deberán registrar aquellos trabajadores extranjeros dependientes e independientes, que se encuentren laborando en el país, incluidos aquellos trabajadores portadores de Permiso Especial de Permanencia (PEP). También, debe registrarse el personal de las embajadas y consulados en Colombia.

¿Cuáles son los tiempos para realizar y actualizar el registro, así como su tiempo de vigencia? El plazo otorgado para la inscripción de personal extranjero en el Rutec será de 120 días contados a partir de la celebración del contrato o desde la vinculación del trabajador extranjero. Para las empresas del sector público y privado que al momento de la expedición de la resolución cuenten con personal extranjero vinculado o contratado, tendrán un plazo de 120 días para realizar el correspondiente registro en el Rutec, contados a partir de la expedición de la resolución en mención.

Una vez realizado el registro y para efectos de hacer actualizaciones de la información suministrada en el Rutec, se tendrán 30 días calendarios siguientes al hecho que genere la novedad. El registro de un trabajador extranjero, tendrá la misma vigencia prevista en el respectivo contrato.

¿Cuál será es la entidad encargada de vigilar y controlar la información registrada?

La entidad será el Ministerio del Trabajo, el cual, de acuerdo con sus facultades y competencias, podrá realizar la inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de esta nueva obligación. En caso de llegar a comprobarse algún incumplimiento, podrá imponer sanciones que están entre uno y cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Sire Vs. Rutec

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de obligaciones de reporte sobre la vinculación, contratación o servicios prestados por ciudadanos extranjeros en el país, Migración Colombia se desarrolló el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros -Sire-, aplicación que permite a los usuarios registrados en el sistema, reportar los extranjeros con los cuales tienen alguna relación, no solo a nivel laboral, además de otros temas como alojamiento y hospedaje, transporte nacional, entre otros.

Derivado de lo anterior, se puede colegir que, si bien el Sire y el Rutec buscan tener cierta información con miras a controlar la población extranjera, tienen varias diferencias: i) las entidades encargadas de cada uno de los sistemas, ii) El Rutec quiere ir más allá de una notificación de vinculación o desvinculación de trabajadores, ya que, con base en la información recolectada, se construirá la política migratoria laboral. Vale la pena mencionar que estos sistemas no son excluyentes, razón por la cual se deberá cumplir con el registro de información en ambos, so pena de incurrir en sanciones.

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