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martes, 9 de abril de 2024

En complemento de los órganos de gobierno corporativo por excelencia, como lo son las Asambleas Generales de Accionistas y las Juntas de Socios, existen mecanismos adicionales que es posible implementar en empresas familiares. Estos mecanismos tienen como objetivo regular y armonizar la relación de la familia con la empresa, facilitando la comunicación al interior de las mismas.

El primero de esos mecanismos es la Asamblea de Familia. Ésta consiste en una reunión más informal de la familia (contrario a lo que sucede en las Asambleas Generales de Accionistas), mediante la cual los miembros podrán interactuar entre ellos y discutir asuntos de suma importancia para la empresa familiar.

En las Asambleas de Familia, los miembros podrán resolver inquietudes relacionadas con la empresa familiar, fijar políticas para la empresa, o sencillamente compartir información relevante. La frecuencia de las reuniones, la duración de las mismas, los temas que se abordan, los miembros convocados, entre otras cosas, podrán variar de una familia a otra.

En segundo lugar, se encuentra el Consejo de Familia. Este mecanismo está conformado por un grupo de personas que representan a la familia. En las reuniones del Consejo de Familia, se discuten temas de suma importancia, tales como el desarrollo de políticas para la empresa, normas para la empresa familiar, así como la discusión de posibles conflictos que se puedan presentar al interior de la empresa familiar.

En términos generales, es un espacio que permite a la familia dirimir las diferencias entre sus miembros sin interferir con la labor de la gerencia. Incluso, el Consejo de Familia ayuda al a Junta Directiva y la Asamblea de Accionistas, reportándoles aspectos propios de la familia.

En tercer lugar, se encuentra el Consejo de Propietarios, el cual es un mecanismo que se presenta en familias numerosas. Precisamente por el gran tamaño de las familias, es posible constituir un Consejo de Propietarios o de Accionistas Familiares que sirve las veces de un foro de discusión, e incluso como un órgano de decisión. Sin embargo, es un órgano menos común que los anteriores, e incluso puede alcanzar a reemplazar al Consejo de Familia.

En cuarto lugar, se encuentran los Protocolos de Familia, el cual es un acuerdo escrito, legalmente vinculante entre los miembros de la familia y que permite definir reglas, normas o acuerdos con base en los valores de la familia para regular la forma en que los miembros se relacionan con la empresa. Los Protocolos de Familia funcionan como complemento a los Estatutos de la empresa familiar.

Por último, se encuentran las Family Offices, las cuales son una empresa privada distinta de la familiar que gestiona las inversiones y fideicomisos para familias adineradas. Estas Family Offices administran la riqueza de la familia, desde las inversiones de capital y el pago de impuestos, hasta la transferencia de la riqueza entre generaciones. No obstante, sus costos operativos no son bajos y requieren personal adicional para realizar su labor.

En ese sentido, es importante para las empresas familiares contar con alguno de los mecanismos descritos anteriormente, toda vez que permiten a la familia establecer espacios de discusión diferentes a los órganos de gobierno corporativo tradicionales, así como el establecimiento de reglas y políticas para inversiones, resolución de conflictos y otros temas de particular importancia para la empresa familiar.

*Santiago Echeverry Struss, Asociado Jr. DEL HIERRO ABOGADOS