La Superintendencia de Industria y Comercio ha dado un paso adelante en la modernización y simplificación de los procedimientos de registro marcario con la expedición de la Resolución 122 de 2025. Esta normativa, que modifica el numeral 1.2.5.5 del Capítulo Primero del Título X de la Circular Única, establece nuevos lineamientos para la reivindicación del color como característica distintiva de las marcas, respondiendo a la necesidad de optimizar los trámites en beneficio de los usuarios del Sistema de Propiedad Industrial. La reforma responde al aumento de exigencias en el examen de forma, con fundamento en el artículo 144 de la Decisión 486 de 2000, así como, establece pautas claras y precisas para el proceso de registro marcario.
¿Cuáles son las modificaciones más relevantes introducidas por la Resolución 122 de 2025?
Entre las modificaciones más destacadas se encuentra el tratamiento del color blanco utilizado como fondo en las etiquetas. La resolución dispone que, salvo manifestación expresa del solicitante, no se entenderá reivindicada la protección sobre dicho color. Esta medida elimina interpretaciones ambiguas y disminuye las solicitudes de aclaraciones durante el trámite, optimizando el procedimiento administrativo.
En materia de sistemas de identificación de color, la resolución implementa una importante restricción: los solicitantes deberán limitarse a utilizar un único sistema de identificación internacional reconocido, como Pantone, Focoltone o RGB. Además, deberán indicar exclusivamente el código designado por el sistema elegido, evitando cualquier tipo de descripción adicional. Por ejemplo, será suficiente con indicar “Pantone 6083c”, simplificando así la documentación y reduciendo posibles inconsistencias.
La resolución también consolida requisitos técnicos específicos para la reproducción gráfica de las marcas. Las etiquetas deberán presentarse en un tamaño máximo de 450 x 450 píxeles, en formato JPG o GIF, con un límite de 50MB, y deberán ser completamente nítidas. Se prohíbe expresamente incluir en estas reproducciones cualquier tipo de señales o referencias a los nombres de los colores reivindicados.
¿Qué recomendaciones prácticas son relevantes a partir de la Resolución 122 de 2025?
Para los profesionales del derecho marcario y los solicitantes, resulta fundamental considerar las siguientes recomendaciones prácticas:
(i) Es crucial determinar desde el inicio si se desea reivindicar el color como característica distintiva de la marca. Esta decisión debe reflejarse claramente en el formulario de solicitud, seleccionando la casilla correspondiente y aportando la etiqueta en el formato adecuado (color o blanco y negro, según corresponda).
(ii) Al describir los colores, debe evitarse completamente el uso de adjetivos calificativos como “oscuro”, “claro” o “brillante”. La descripción debe limitarse al nombre básico del color (por ejemplo: azul, rojo, verde).
(iii) Es importante recordar que la reivindicación de colores debe ser total; no es posible seleccionar solo algunos de los colores presentes en la etiqueta. Esta disposición busca evitar ambigüedades en el alcance de la protección solicitada.
¿Cuándo entran en vigencia estas modificaciones?
La resolución está vigente desde el 7 de enero de 2025. No obstante, es importante señalar que las solicitudes de registro de marca radicadas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta resolución continuarán tramitándose bajo las normas vigentes al momento de su presentación.
La implementación de esta resolución representa un avance en la modernización del sistema de propiedad industrial colombiano, alineándose con las prácticas internacionales, y facilitando el proceso para los usuarios. Para los profesionales del derecho marcario y los solicitantes, resulta esencial ajustar sus prácticas a los nuevos lineamientos, con especial atención a la presentación y descripción de los colores reivindicados. Una correcta implementación de estas disposiciones no solo agilizará el trámite de registro, sino que también garantizará una protección más robusta de los derechos marcarios en el país.
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