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OPINIÓN

Riesgos aduaneros, cambiarios y penales en Comercio Exterior

22 de mayo de 2024

Yuly Carolina Chaparro Beltrán

Abogada Comercio Internacional Araújo Ibarra

ychaparro@araujoibarra.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales ha desarrollado mecanismos y procedimientos de prevención, detección y control del lavado de activos, asociado con operaciones de comercio exterior y cambiarias en relación con la información que se debe remitir a la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF. Dentro de los auxiliares de la función aduanera que deben cumplir con estos procedimientos se encuentran los depósitos públicos y privados, las sociedades de intermediación aduanera, sociedades portuarias, usuarios de zona franca, entre otros.

En esa medida, desde 2002 con la expedición de la Circular 17, la DIAN ha venido establecido que dentro de los mecanismos de prevención y control de lavado de activos deben existir medidas suficientes para evitar cualquier operación cambiaria o de comercio exterior que se utilice como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados.

Es importante tener en cuenta que son muchos los factores de riesgo asociados de LA/FT-FPADM pudiendo estar relacionados generalmente con el conocimiento de los clientes externos o internos, el análisis del mercado, el producto o servicio que maneje la Compañía, el origen de los recursos, los canales de distribución de los productos y el área geográfica donde se ubique el prestador del servicio, teniendo en cuenta que hay países catalogados como de mayor riesgo listados por el GAFI, entre otros.

Teniendo en cuenta el panorama del país, la DIAN ha informado que, en controles al contrabando, en 2022 se llevó a cabo 39.409 aprehensiones de mercancía valorada en más de $440.000 millones; para 2023 fueron 33.700 aprehensiones por un valor de $526.000 millones y en lo corrido de 2024, van 10.406 aprehensiones por más de $133.000 millones. Lo anterior, si bien no implica la configuración del delito pues solamente se realiza la aprehensión y se procede con la investigación sancionatoria administrativa y/o penal, si evidencia la importancia de combatir las conductas delictivas en las que pueden verse envueltos los auxiliares de la función aduanera desde una perspectiva integral, teniendo en cuenta: (i) los riesgos identificados preventivamente en la Compañía, sus controles y procedimientos; (ii) las normas aduaneras, cambiarias y penales aplicables, (ii) el conocimiento de las conductas delictivas, su configuración y consecuencias; (iii) el conocimiento respecto de la trazabilidad en las operaciones de comercio exterior; (iv) el análisis de las responsabilidades de cada interviniente en la operación como por ejemplo la agencia de aduanas, el transportador nacional o internacional, la zona franca, etc.

Por lo anterior es importante que las empresas cuenten con manuales de procedimiento que permitan tener un conocimiento adecuado del cliente y del mercado, abordando temas como los canales de coordinación interna para atender los requerimiento de la autoridad o dar trámite a los reportes de operaciones sospechosas, las instancias de consulta y reporte para los empleados; el uso de herramientas tecnológicas acordes a la naturaleza y tamaño de la empresa; programas de capacitación interna, funciones y categoría del empleado de cumplimiento, auditoria interna y revisoría fiscal; responsabilidad en la detección y reporte interno de operaciones inusuales o sospechosas; las sanciones o correctivos por el incumplimiento y la conservación de registros y documentos.

*Yuly Carolina Chaparro Beltrán, Abogada Comercio Internacional Araújo Ibarra

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