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Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría

Cross-Examination en el arbitraje internacional

29 de febrero de 2024

Santiago Romero Rivero

Asociado Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría
Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría

santiago.romero@ppulegal.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

El Cross-Examination (Cross o contrainterrogatorio) es una etapa esencial en la práctica de las pruebas testimoniales y periciales en los arbitrajes internacionales. Este se diferencia sustancialmente del contrainterrogatorio en los arbitrajes nacionales o en los procesos judiciales locales. Estas diferencias provienen del carácter internacional del arbitraje, y de los diferentes sistemas legales en los que trabajan los abogados que intervienen en esta clase de arbitrajes.

¿Qué es el Cross-Examination?

El Cross-Examination es la fase de la declaración de un testigo o perito en la cual el abogado de la parte que no presentó la prueba lo interroga sobre su declaración rendida previamente. El objetivo del Cross es poner a prueba la veracidad de los hechos presentados por el testigo o perito, y reducir el impacto negativo de la declaración en el caso que está siendo presentado a los árbitros.

¿En qué se diferencia el Cross de los contrainterrogatorios en los procesos locales?

Una de las diferencias principales es que en el Cross se formulan preguntas a un perito o testigo que –usualmente– ya ha presentado una declaración escrita. En contraste, bajo la ley procesal colombiana, los testigos suelen presentar su declaración verbalmente, la cual es inmediatamente seguida por el contrainterrogatorio.

En el caso de los testigos, la ley procesal interna prohíbe las preguntas sugestivas y las que insinúan la respuesta. En el arbitraje internacional, por ejemplo, las Reglas de la IBA sobre Práctica de Pruebas no prohíben ningún tipo de pregunta, sin perjuicio de que no pueden ser irrelevantes, insustanciales, irrazonablemente gravosas, repetitivas, etc. Por lo tanto, es usual hacer preguntas cerradas y sugestivas.

Por su parte, en lo que tiene que ver con los contrainterrogatorios a peritos, la ley procesal colombiana permite realizar preguntas sugestivas e insinuantes. Por esto, es usual que la práctica de estos contrainterrogatorios se asimile más a lo que sucede en un Cross.

¿Cuáles son algunas buenas prácticas para la realización de un Cross?

La práctica de un Cross debe estar precedida de una preparación exhaustiva. Por esto, una de las primeras preguntas que debe hacerse el equipo interrogador es si hacer un Cross o no.

Las preguntas en un Cross pueden estar encaminadas a destruir la credibilidad de un testigo o a demostrar que parte de lo que este ha declarado no es cierto. En ambos casos, las preguntas siempre deben buscar mantener el control del testigo.

Por ello, en la práctica suelen utilizarse preguntas sugestivas –prohibidas para los testigos en los procesos locales– y no preguntas abiertas, pues estas últimas dan al testigo la libertad de repetir algo de su declaración o de añadir algo nuevo que perjudique el caso. Lo mismo sucede con las preguntas largas o discursivas. Como consecuencia, usualmente se utilizan preguntas cortas, simples y limitadas a un solo hecho.

Las preguntas de un Cross tampoco deben estar encaminadas a que el testigo esté de acuerdo con los argumentos o conclusiones de una parte sobre el caso. Por lo tanto, las preguntas deben limitarse a los hechos relevantes para el caso, mientras que los argumentos deben reservarse para los alegatos de conclusión.

En síntesis, los abogados que se dedican al arbitraje internacional deben prepararse y aprender la técnica para practicar un Cross exitosamente. Desde luego que, más allá de la teoría, los factores más importantes para formular un Cross exitoso son la preparación y la experiencia del equipo interrogador.

*Santiago Romero Rivero, Asociado Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría

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