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  • Christina Burn

martes, 29 de noviembre de 2022

El Coeficiente de Financiación Estable Neta (Cfen), desarrollado por el Comité de Supervisión Bancaria Basilea III e implementado por la Superintendencia Financiera en el Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera (CE No. 100, 1995), es la medición de la estabilidad de fondeo de las entidades supervisadas en relación con la composición de su activo y posiciones fuera de balance.

Como consecuencia del Cfen se exige a las entidades financiar sus activos con operaciones de fondeo suficientemente estables, limitando la excesiva dependencia de la financiación mayorista a corto plazo, para mitigar el riesgo de futuras tensiones de financiación durante un horizonte de tiempo más amplio que el utilizado para medir el riesgo de liquidez.

¿Cómo se calcula el Cfen?

Para calcular el Cfen, esto es, en una fecha determinada el cociente entre el Fondeo Estable Disponible (FED) y el Fondeo Estable Requerido (FER), las entidades deberán (i) multiplicar el valor contable de los rubros del pasivo y patrimonio, señalados en el Anexo 4 del Capítulo VI de la Cbcf, por el porcentaje previsto en dicho Anexo 4 y sumar todos los rubros ponderados y (ii) multiplicar los activos y posiciones fuera de balance por el porcentaje, en ambos casos previstos en dicho Anexo 4 y sumar todos los rubros ponderados.

El FED determina la estabilidad de las fuentes de fondeo de las entidades en función al plazo de vencimiento contractual de sus pasivos y la propensión de retiro de los proveedores de financiación, mientras que el FER analiza el riesgo de liquidez de los activos y de las posiciones fuera de balance de las entidades.

¿Deberían computar los pasivos contingentes de las entidades en el FED?

Calcular el FED con base en el valor contable de ciertos rubros del pasivo y patrimonio de las entidades que efectivamente aparecen registrados en el balance de dichas entidades trae como consecuencia la exclusión de los pasivos contingentes, lo cual puede entenderse cómo una interpretación inadecuada de las recomendaciones del Comité de Supervisión Bancaria Basilea III teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Estructura de los activos.

No es lo mismo fondear activos a largo plazo con pasivos a corto plazo, que activos a corto plazo con pasivos a corto plazo. Cuando los activos generan un flujo de caja o recaudo a corto plazo, la entidad vigilada no pierde el fondeo del activo ya que el mismo se liquida en el corto plazo y permite atender el pasivo que fondea dicho activo, de tal manera que dicha financiación resulta estable.

Diferenciación entre una entidad con un fondeo contingente y una entidad sin fondeo contingente. Existe un menor riesgo de liquidez en una entidad que tiene contratado un crédito disponible para su desembolso y por el cual paga una comisión de disponibilidad. Al presentarse una situación de estrés en el fondeo, la entidad puede desembolsar al crédito, mientras que una entidad que no tenga “contratado” el fondeo, sí puede enfrentarse a una situación de iliquidez generando mayor riesgo sistémico.

Registro del pasivo contingente en el activo de los proveedores de financiación. los proveedores de financiación deben reflejar un activo por el crédito contingente, por lo cual el supervisor debería hacer una interpretación armónica de la regulación y, únicamente para efectos del cálculo del Cfen, permitir a las entidades computar de manera equivalente en su pasivo el pasivo contingente sin perjuicio que, dicho crédito contingente no esté efectivamente registrado en su balance.

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