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domingo, 13 de septiembre de 2015

El presente artículo explica de forma corta y sencilla (i) qué es un título minero, (ii) qué tipos de títulos mineros existen, (iii) cuáles son sus diferencias generales, y (iv) cómo se puede obtener uno, para que cualquier inversionista tenga una panorámica de a qué se va a enfrentar, aunque no se pretende ser exhaustivo, si decide invertir en minería en Colombia.

¿Qué es un título minero?

Un título minero es el instrumento a través del cual el Estado colombiano otorga a una persona, jurídica o natural, el derecho a realizar exploración y explotación de minerales de propiedad del Estado en un área determinada, de forma exclusiva, y por cuenta y riesgo del titular, para que este último aproveche económicamente los minerales que extraiga. En otras palabras, otorga la posibilidad de explorar y el derecho a explotar y aprovechar económicamente minerales de propiedad del Estado colombiano.

¿Qué tipos de títulos mineros existen?

Ese derecho se puede materializar a través de varias figuras jurídicas. Hoy en día la mayoría de los títulos mineros en Colombia son: (i) Licencias de Exploración; (ii) Licencias de Explotación; (iii) Contratos de Concesión del Decreto 2655 de 1988; (iv) Contratos en Virtud de Aporte; y (v) Contratos de Concesión de Ley 685 de 2001. La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1753 de 2015) introdujo los contratos de Exploración y Producción, de los cuales no se ha otorgado ninguno. Esta diversidad de títulos es consecuencia cambios legislativos.  

¿Cuáles son las principales diferencias?

La principal característica es que en los contrato de aporte hay una gran libertad para negociar entre las partes y pactar cláusulas como contraprestaciones adicionales. En sentido contrario, en los demás no existe libertad para negociar. 

Así mismo, existen diferencias entre los contratos de concesión de la Ley 685 de 2001 y los de concesión del Decreto 2655 de 1988. 

El primero es un contrato integral, que incluye las etapas de exploración, construcción y montaje, y explotación; distinto al segundo, que se derivaba normalmente del resultado obtenido durante la actividad de exploración que se adelantaba con las licencias de exploración. 

En este sentido, si al finalizar la licencia de exploración el resultado era un proyecto de mediana o gran minería, se otorgaba un contrato de concesión del Decreto 2655 de 1988. Si era de pequeña minería, se otorgaba una licencia de explotación. 

¿Cómo se puede obtener un título minero?

Se pueden obtener títulos mineros de dos formas: (i) que la autoridad minera sea quien otorgue uno y (ii) que se ceda cualquier tipo de títulos, incluso los del Decreto 2655 de 1988, que todavía se estén ejecutando. En este caso, la autoridad minera solo puede otorgar dos tipos de títulos; contratos de concesión de Ley 685, y contratos de exploración y producción de la Ley 1753 de 2015. Lo anterior porque los otros tipos de títulos, que son del Decreto 2655 de 1988, no pueden ser otorgados porque este decreto ya no se encuentra vigente.

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