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  • Alejandra Rico Muñoz

martes, 26 de septiembre de 2023

Ministerio de Justicia habilitó 14 actividades que las mujeres privadas de la liberta podrán suplir por una especia de labor comunitaria

El presidente Gustavo Petro sancionó en días pasados la ley que autoriza la sustitución de penas carcelarias para mujeres cabeza de familia por trabajo comunitario.

A esta ley se podrían acoger al menos 5.000 mujeres que están privadas de la libertad. “Este es el proyecto de ley que yo voté siendo congresista en la Comisión Primera del Senado y que ahora, qué paradoja, no lo sabía en ese momento, como presidente firmo para que se convierta en Ley de la República. Esta ley libera 5.000 mujeres privadas de la libertad por ser madres cabezas de familia”, aseguró el Presidente.

Con este nuevo decreto se logra uno de los objetivos principales del Ministerio de Justicia en la llamada humanización del sistema carcelario. Esta cartera también puso las reglas del juego para las madres privadas de la libertad que terminarán de pagar sus penas trabajando en instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales.

LOS CONTRASTES

  • Ricardo BurgosAbogado penalista

    “Es una propuesta humanista y enfocada a la resocialización de las personas que han delinquido y que tienen derecho a volver a ingresar a la sociedad”.

  • Francisco Bernate Abogado penalista

    “Desafortunadamente, excluye una gran cantidad de delitos, que en la práctica son algunos de los que más impactan a las mujeres cabeza de hogar”.

“Es una propuesta viable, es humanista y enfocada a lo que debe ser una resocialización de las personas que han delinquido y que tienen derecho a volver a ingresar a la sociedad redimiendo culpas. Es viable porque está rescatando, muchas de las personas que delinquen hoy en día son personas que han estado en total abandono por parte de la sociedad, que no han tenido una madre o un padre que puedan estar a su lado enseñando y dirigiendo su educación”, aseguró el abogado penalista Ricardo Burgos.

La cartera de Justicia también identificó los delitos que podrán ser resarcidos, entre ellos están: el hurto, el hurto calificado, el tráfico de estupefacientes, el tráfico, la fabricación o porte de estupefacientes, la destinación ilícita de muebles o inmuebles y la conservación o financiación de plantaciones para estupefacientes.

Además, las mujeres tienen que estar condenadas a un total de ocho o menos años de cárcel por estos delitos.
“Infortunadamente excluye una gran cantidad de delitos, que en la práctica son algunos de los que mas impactan a las mujeres cabeza de hogar. Considero que el que existan tantas restricciones es un desafío porque claramente tienen que imponerse medidas alternativas a la prisión”, aseguró el abogado penalista Francisco Bernate.

Todas las madres que cumplan con estos requisitos podrán pedir el beneficio, sin embargo, será un juez de ejecución de penas el que tenga la decisión final. El decreto también especifica que ninguna mujer que haya sido condenada por violencia intrafamiliar o hayan utilizado a menores de edad para la comisión de delitos podrán acceder al beneficio.

“El principal punto es permitir una sustitución de la prisión para el caso de madres cabeza de hogar para que puedan hacer trabajo comunitario, hasta ahora, se permitía la prisión domiciliaria, pero ahora se da un paso más para que puedan hacer un trabajo que beneficie a la comunidad”, agregó Bernate.

El Presidente añadió que las mujeres privadas de la libertad son las más excluidas de la sociedad. “A una penitenciaria llevaron la muerte, nosotros queremos llevar la libertad. Ese es el cambio y comienza por esta ley”, puntualizó Petro.

Los oficios que habilitó el Ministerio de Justicia para las madres que cumplan con los requisitos son 14, por ejemplo: el apoyo y asistencia de recuperación o mantenimiento del espacio público; apoyo y asistencia a víctimas; apoyo y promoción del bienestar y la protección de animales; apoyo y asistencia a comunidades vulnerables; apoyo o promoción de la conservación, protección y restauración ambiental, mejora del medio rural y protección de la naturaleza; y apoyo o promoción de cultura y la educación en colegios y universidades.

“En el éxito de esta ley nos jugamos el giro de la política penal y penitenciaria del país hacia una más humanista, que le sea útil a la sociedad y que no dé rienda suelta a esos sentimientos de venganza y crueldad”, agregó Petro.

La mujer condenada tendrá que trabajar cinco horas por cada semana de privación de la libertad sustituida.
Además, tendrá la posibilidad de trabajar o estudiar sin que la prestación del servicio de utilidad interfiera con dichas actividades.

Por otra parte, se espera que el Ministerio de Justicia y del Derecho firme convenios con entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales, y elabore un listado de oportunidades de servicios habilitados para la ejecución de las penas.

Burgos añadió que es clave que estas madres tengan autonomía económica. “Los principales retos que trae esta ley es que, efectivamente, la madres cabeza de familia puedan volver a la sociedad a formar a sus hijos, no es solo que vuelvan a ser madres, sino que puedan tener una actividad económica de las que puedan percibir un ingreso en un supermercado, con el Estado, en una obra, con el cual puedan percibir un salario y puedan llevar la comida a su casa”.

Agregó que muchos delincuentes empiezan su vida criminal porque no había nada de comer en sus casas. “Con esta ley la política criminal demuestra que por fin está avanzando y tiene un gran propósito social, y es proteger a los menores que tienen un trato especial en la Constitución y, además, necesitamos que esa política crezca”, concluyó el abogado penalista Ricardo Burgos.

Antecedentes

El ministro de Justicia explicó que esta ley, que deberá ser reglamentada en un plazo de seis meses, va dirigida a mujeres con sentencias por delitos como microtráfico o hurto; que tengan rol de cabeza de familia y que se encuentren en situación de marginalidad. El objetivo es que los jueces sustituyan las condenas e impongan la prestación de servicios de utilidad pública no remunerados, que favorezcan la comunidad en la reconstrucción del tejido social.

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