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Judicial

Conozca cómo alistar la reducción de la jornada laboral que será 42 horas

Esta disminución se realiza en el marco de cumplimiento de la Ley 2101 de 2021, la cual modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo

04 de junio de 2026

David Gómez Goyeneche

dgomez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

En poco tiempo llegará un nuevo cambio en la dinámica laboral, a partir del 15 de julio de 2026, la jornada laboral en Colombia disminuirá formalmente de 44 a 42 horas semanales, un cambio que no solo reconfigura el pago de la nómina, sino que también obligará a modificar las mallas de turnos de todas las empresas.

Esta disminución se realiza en el marco de cumplimiento de la Ley 2101 de 2021, la cual modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo para hacer la reducción progresiva desde 2023 sin que esto signifique un cambio en el salario ni en las prestaciones sociales. Y además, la Corte Constitucional, por medio de la sentencia C-507 de 2023, extendió la reducción de la jornada laboral a los trabajadores domésticos internos, en aplicación del Convenio No. 189 de la OIT.

¿Cómo alistar la reducción de la jornada laboral a 42 horas?
Gráfico LR

Y ahora, esta normatividad se encuentra con la última reforma laboral, la Ley 2466 de 2025, con la que se aumentaron los recargos por días de descanso obligatorio y se fijó una nueva jornada nocturna que comienza a partir de las 7:00 p.m. lo que en conjunto genera mayor impacto en el valor de la hora, el costo asociado con prestaciones sociales, descansos remunerados y aportes parafiscales, entre otros. Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en derecho del trabajo y la seguridad social de la Universidad Católica de Colombia, explicó que, en combinación con la Ley 2101 de 2021, se pueden encontrar los mayores cambios en cuanto a la dinámica laboral, por ejemplo, la jornada flexible. “El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable si el horario se pacta con el trabajador o la trabajadora”, afirmó Moreno.

“Esto les permite a las partes, es decir, empleador y trabajador, distribuir un número mínimo de horas por día de cuatro horas continuas y un máximo de nueve horas diarias, sin lugar a recargos por trabajo extra o suplementario. En este orden de ideas, cada empleador tiene que mirar de acuerdo a su necesidad”, indicó.

Y es que, si bien la implementación progresiva de la reducción horaria viene desde hace al menos cinco años, los expertos también reconocen que, este año, empresas y organizaciones deberán ajustar ciertos criterios en cuanto a su nómina y malla horaria desde el 15 de julio.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando MorenoDirector de derecho del Trabajo U. Católica

    “La jornada realmente impacta a aquellas empresas que laboran sin solución de continuidad. Sin embargo cada caso se debe analizar de manera particular”.

  • Vicente UmañaSocio de Posse Herrera Ruiz

    “Las pequeñas y medianas empresas han manifestado las mayores preocupaciones relacionadas con el aumento de costos laborales”.

Vicente Umaña, socio de Posse Herrera Ruiz, afirmó que, como recomendación para los empleadores, es de suma importancia documentar estos cambios ante posibles auditorías o revisiones por parte del Ministerio de Trabajo o eventuales reclamaciones judiciales.

“Las empresas también deberán verificar que sus reglamentos internos, contratos de trabajo y políticas laborales reflejen adecuadamente esta reducción de jornada. En sectores con operación continua será necesario evaluar si la reducción de horas puede ser absorbida mediante mejoras de productividad o si, por el contrario, será indispensable contratar personal adicional o rediseñar los modelos de turno”, indicó el especialista.

Si por otro lado, usted es empleado, debe saber que con la nueva norma, el “Día de la Familia”, un espacio de integración estipulado por la Ley 1857 de 2017, ya no deberá ser otorgado por el empleador, al menos, no por obligación. Sin embargo, como indica Luis Fernando Moreno, en la Ley 2466 de 2025, “los empleadores y las cajas de compensación familiar podrán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia un espacio suministrado por aquellas”.

Los expertos coinciden en que, aunque medidas como la anterior alivian cargas accesorias, no compensan el efecto estructural del cambio, pero afirman que se deben fortalecer los sistemas de control de jornada, pues muchas empresas utilizarán el mecanismo de horas extra para cubrir esta reducción de la jornada, lo que podría generar mayor posibilidad de reclamaciones por el pago de estos recargos.

En esta línea, Rafael Abuchaibe, director asociado de área laboral en Lloreda Camacho, confirma que aunque la reducción horaria implica un importante cambio, costos extra se pueden evitar con planificación. “Este cambio supone una reconfiguración de la jornada, la nómina y la operación. Las empresas que no lleguen con ajustes en contratos, turnos y sistemas se exponen no solo a contingencias jurídicas, sino también a sobrecostos que, en buena medida, son evitables con una planificación oportuna.

Antecedentes

La mayoría de las organizaciones ya han venido adaptándose a la disminución de horario desde 2023, año en el que la jornada laboral se redujo a 47 horas por semana, y de manera progresiva hasta 44 horas semanales en julio de 2025 y ahora en 42 para este año. Sin embargo, no todos los sectores vieron la misma reducción horaria, pues para trabajadores del sector de servicio doméstico interno, las horas laborales se recortaron proporcionalmente de 60 a 52,5 horas.

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