¿Compró boleta y ya no hay concierto? Conozca cómo puede solicitar el reembolso
Los derechos de los compradores de boletería para eventos públicos están aparados por la Ley 1480 de 2011, estatuto del consumidor
13 de agosto de 2025
El concierto de Damas Gratis se vio opacado por una batalla campal entre hinchas y los fans de la banda se quedaron con ganas de bailar a ritmo de cumbia villera. Si usted fue uno de ellos y se está preguntando si puede solicitar el reembolso del dinero de las boletas, quédese que aquí le contamos cómo funciona el proceso.
Los derechos de los compradores de boletería para eventos públicos están aparados por la Ley 1480 de 2011, estatuto del consumidor. En esta, el Art. 11, en su numeral tres, señala que “en los casos de prestación de servicios, cuando haya incumplimiento se procederá, a elección del consumidor, a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del precio pagado”.
Ana Sofía Barón, abogada en Hurtado Gandini Davalos Abogados, aseguró que, para conciertos, esta obligación adquiere más relevancia, pues “la boleta representa el acceso a una experiencia única y de fecha determinada, vinculada a condiciones esenciales como el artista, el lugar, la hora y la producción anunciada”.

En este punto resulta importante aclarar que dichas responsabilidades son adjudicadas a las compañías tiqueteras, pues son las que establecen una relación de consumo con su cliente en el momento de la compra de la boleta; por lo que, en la mayoría de los casos, no son los artistas los que deben responder ante la cancelación del evento.
Ahora bien, para el cumplimiento de estas garantías, el estatuto establece cuatro casos en los que la entidad debe reembolsar el dinero: cancelación del evento, modificación de las condiciones (cambio de artista, fecha o lugar) con las que el comprado no esté de acuerdo, reprogramación del evento y problemas de organización o fallas de logística que hayan impedido su disfrute.
“La devolución del dinero también opera cuando el consumidor ejerce su derecho de retracto, que no es más que la posibilidad de arrepentirse de una compra o contrato dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la compra de la boleta, y obtener la devolución del dinero sin necesidad de justificar su decisión y sin pagar penalidades”, explicó Diego Sosa, gerente jurídico en Fernando Mazuera y Cía.
Contrario a eso, las empresas quedarán eximidas de esta obligación si el evento es realizado con normalidad y el consumidor no asiste por decisión propia, si se reprograma y el comprador acepta las nuevas condiciones y si entre las partes acuerdan otra forma de compensación (bono o saldo a favor). A estas tres situaciones, Mariana Garcia Soto, asociada de EsguerraJHR, indicó que también quedarán excluidos los eventos en los que se demuestre que “el incumplimiento proviene de: fuerza mayor o caso fortuito; el hecho de un tercero; el uso indebido del bien por parte del consumidor; y que el consumidor no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicados”.
En lo que respecta al plazo máximo que las tiqueteras tendrán para hacer la devolución, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, determinó que es de 30 días calendario a partir de la notificación oficial de la cancelación o de la fecha en que el consumidor extiende la solicitud.
Sosa agregó que “si la empresa ofrece un mecanismo de reembolso, debe informarlo claramente con los términos, tiempos y procedimiento. El incumplimiento en estos tiempos puede dar lugar a sanciones administrativas.
Proceso para pedir reembolso
Si la compañía no se comunicó con usted para iniciar el proceso de devolución, usted podrá presentar un derecho de petición al proveedor de boletería solicitándola. En caso de que no reciba respuesta, podrá presentar una queja ante la SIC para que la tiquetera sea sancionada y extender una reclamación por protección al consumidor; y en última instancia, iniciar un procedimiento de mínima cuantía ante un juez civil para que resuelva el caso. “Mi consejo es claro, guarden absolutamente todo (boleta, recibos, correos, chats) porque esos documentos son la mejor defensa del consumidor”, resaltó Barón.
Con respecto a los incidentes en el concierto de Damas Gratis aplican para reembolso, le recomendamos que inicie la solicitud, pues “al no haberse realizado el evento, hay un incumplimiento contractual objetivo al consumidor. En consecuencia, debe ser reparado integralmente mediante el reintegro total del valor pagado”, aseguró Sosa.
Antecedentes
La posición de Sosa fue respaldada por Barón, quien señaló que si bien la cancelación fue por motivos de orden público, “no elimina el derecho del público a recuperar su dinero y la responsabilidad recae en el organizador”. A diferencia de ambos, García afirmó que precisamente por las causales de la cancelación, que “corresponden a un caso fortuito, imprevisto e imposible de resistir, la organización se encuentra exonerada de la devolución del dinero”.
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