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jueves, 24 de marzo de 2022

Algunas prestadoras de salud tienen más reglas que otras, pero, como base general, se deben cumplir nueve principios fundamentales

Ayer, la Procuraduría General de la Nación emitió un comunicado en el que insta a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) receptoras de los afiliados a la liquidada Medimás a garantizar una "prestación efectiva de los servicios médicos asistenciales".

Casi 1,5 millones de afiliados tendrán que ser trasladados a aseguradoras como Nueva EPS, EPS Sura, Coosalud EPS, EPS Sanitas, entre otras. Por tal motivo, como usuario, hay que tener en cuenta cuáles son los deberes que se deben cumplir en ellas, pues el reglamento varía por cada entidad.

Hay cerca de nueve principios base que tienen todas las aseguradoras, como, por ejemplo, el propender al autocuidado y de su familia, el cual está incluido en todas las cartas de derechos y deberes de los usuarios y pacientes de las EPS, sin importar si se trata de una entidad con régimen contributivo o subsidiado. Además, se debe tener en cuenta que la persona no puede estar afiliado a dos EPS al mismo tiempo como regla general.

Los usuarios también deben atender a las recomendaciones del personal de salud y están obligados a actuar "de manera solidaria" ante situaciones en las que esté en peligro la vida de un paciente o del personal de salud, al que, adicionalmente, hay que tratar con respeto, salvaguardando su dignidad humana.

Con respecto al Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss), las EPS obligan a sus usuarios a actuar de buena fe y a usar de manera racional los recursos y las instalaciones ofrecidos por los mismos. De igual manera, se requiere que las personas suministre información de interés para su atención y, si hacen parte de ese régimen, deben contribuir al financiamiento de la EPS "de acuerdo con su capacidad de pago".

Existen algunos deberes adicionales, dependiendo de cada entidad. Por ejemplo, Nueva EPS le pide a sus usuarios que informen de manera oportuna cuando realizan un cambio de residencia y dirección. También solicita que se de a conocer "inmediatamente" cuando fallece un familiar afiliado o cuando nace un bebé, presentando un registro civil antes de 45 días del hecho.

Por su parte, la EPS Sura le solicita a sus afiliados presentar los documentos necesarios para acreditar el parentesco de un grupo familiar, a la vez que se debe informar con respecto al estado de salud de todo el grupo de usuarios.

Una de las entidades más estrictas es Aliansalud EPS, la cual tiene un apartado de prácticas en las que no deben incurrir los usuarios. Entre ellas están: reportarse como empleador sin serlo realmente, afiliarse a un régimen subsidiado si no tiene el derecho para hacerlo, pretender cotizar como un trabajador dependiente cuando su labor se lleva a cabo de manera independiente, utilizar engaños para adquirir beneficios o tarifas más bajas del Sgsss.

Con respecto al pago de la cotización de un trabajador independiente, el Ministerio de Salud indica que la afiliación a un régimen contributivo se suspende cuando hay una mora de al menos dos meses, siempre y cuando la entidad haya hecho los respectivos cobros.

"Durante esta suspensión, los servicios que requiera le serán prestados a través de los hospitales públicos, para lo cual deberá pagar una cuota de recuperación, que es un porcentaje del valor del respectivo servicio", apuntó la cartera.

Por el contrario, si se trata de un trabajador dependiente, que ya haya pagado su cotización correspondiente, en caso de suspensión, es responsabilidad de la empresa o de la asociación de responder por él y por su núcleo familiar que estaba afiliado a una EPS.

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