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jueves, 14 de enero de 2021

Mientras EPM trabaja con su área jurídica interna, los consorcios trabajan con DLA Piper Martínez Beltrán, JVB Abogados y Chemás & Abogados

Aún se ve muy lejos la luz al final del túnel en el caso del proyecto Hidroituango donde una contingencia registrada el 28 de abril de 2018 enfrentó a Empresas Públicas de Medellín (EPM) con varios contratistas, entre ellos, Consorcio Generación Ituango, Consorcio CCC Ituango, Consorcio Ingetec-Sedic y las aseguradoras Mapfre, Suramericana y Chubb Generales Seguros.

La razón de asegurar que aún está lejos una salida a este caso se deriva de la decisión que ayer anunció EPM de presentar dos demandas en contra de los contratistas: la primera por $9,9 billones ante el Tribunal Administrativo de Antioquia en contra de los consorcios; y una segunda por $5,5 billones ante el Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Medellín, contra la aseguradora Mapfre.

Ambas acciones legales, que EPM aseguró estaba obligada a tomar luego de que no se lograran los resultados esperados en la conciliación extrajudicial el pasado 8 de enero, implica sumar un período de tres o cuatro años, en una primera etapa, para encontrar una primera decisión.

Nicolás Carrero, director de Carrero & Asociados, explicó por qué es tan extenso el período de este relevante caso.

“Tras imponer la demanda por parte de EPM ante el Tribunal Administrativo de Antioquia se habilitan seis meses para anunciar si la demanda será aceptada o rechazada por el juzgado y eso significa si cumple con los requisitos legales de este tipo de trámite. De ser aceptada se notifica a la contraparte para que ella responda. Cuando el juez tenga las respuestas de las dos partes involucradas, las revisa y como requisito convoca a la conciliación. Si hay conciliación se resuelve, pero si no hay, entonces el juez procede a la recolección de pruebas y a la citación de las audiencias formales. Son máximo tres o cuatro años para tener un fallo de la sentencia en primera instancia”, explicó.

LOS CONTRASTES

  • Nicolás CarreroDirector de Carrero & Asociados

    “Son máximo tres o cuatro años para tener un fallo de la sentencia en primera instancia de la demanda que interpuso EPM contra los contratistas y las empresas de seguros”.

  • Daniel QuinteroAlcalde de Medellín

    “La demanda de EPM a las constructoras acaba con décadas de una cultura corporativa que favoreció los intereses de unas cuantas empresas sobre los intereses públicos”.

En medio de este proceso son varios los equipos jurídicos que se enfrentan entre el demandante y los demandados.

Aunque no hay una información oficial de los bufetes participantes, Asuntos Legales pudo conocer (convalidando con la transmisión de la sesión de la conciliación extrajudicial en la Procuraduría) quiénes son los abogados que están representando a cada una de las empresas o en su defecto a los consorcios del proyecto.

Empecemos por Empresas Pública de Medellín (EPM). Aunque se había comentado que bufetes de renombre como Gómez-Pinzón Abogados o Baker Mckenzie han dado asesoría a la compañía en diversos temas, no se presentó algún abogado de dichas firmas durante la sesión de conciliación.

Se conoció que todo el proceso se está llevando con el equipo y el área jurídica interna de EPM, que está siendo liderada por el vicepresidente de Asuntos Legales de la empresa, Alexander Sánchez.

Por el lado de los consorcios son tres bufetes los que asistieron a la conciliación.

Como representante del Consorcio Generación Ituango, que lo integran las empresas Integral SA e Integral Ingeniería Supervisión, está el abogado Camilo Martínez, socio director de DLA Piper Martínez Beltrán. También está vinculado el abogado Sergio Rojas Quiñones, asociado del mismo bufete, para una de las firmas puntuales del consorcio.

Como representante del Consorcio CCC Ituango, integrado por las empresas Camargo Correa, Conconcreto y Coninsa Ramón H., está el abogado José Vicente Blanco, asociado y fundador de la firma JVB Abogados.

Como representante del tercer consorcio participante en el proyecto de Hidroituango, el Consorcio Ingetec-Sedic, integrado por las empresas Ingetec y Sedic, el representante es Jorge Eduardo Chemás, socio del bufete Chemás & Abogados.

Este medio consultó a las empresas aseguradoras involucradas en el caso: Mapfre, Suramericana y Chubb, pero hasta el cierre de esta edición no se había confirmado los bufetes que están dando la asesoría jurídica en este caso.

Conciliación sigue vigente
Aunque no hubo ningún acuerdo en la conciliación extrajudicial del pasado 8 de enero, los abogados consultados aseguran que esa figura aún está vigente en el proceso, pues antes de fijar una sentencia el Tribunal llamará nuevamente a las partes para una posible conciliación.

Claro está, los analistas advierten que si no se logró un acuerdo en la sesión con la Procuraduría, es poco probable que se logre en este nuevo paso.

De hecho, en el comunicado que EPM publicó ayer mediante la página web de la Superfinanciera explican el por qué del fracaso de ese intento de conciliación.

“El Grupo EPM prefirió el camino de la conciliación prejudicial por tratarse de una institución que permite resolver de manera concertada, y no litigiosa, las diferencias suscitadas con la contingencia en mención, llamando a todas las partes involucradas en el proyecto, incluidas las compañías de seguros: Suramericana, Chubb Seguros y Mapfre. Al concluir el plazo improrrogable de los cinco meses otorgados por la ley para la ocurrencia de la conciliación prejudicial, se declaró surtida la misma sin obtener el resarcimiento esperado, especialmente de la compañía Mapfre”.

Agregaron que aún trabajan en la determinación de los montos indemnizables del siniestro, que calificaron como el más grande a nivel mundial en materia de Todo Riesgo Construcción y Montajes, y que por no llegar a una cifra adecuada no se pudo conciliar.

La demanda de EPM a empresas constructoras de Hidroituango por 9,9 billones acaba con décadas de una cultura corporativa que favoreció los intereses de unas cuantas empresas sobre los intereses públicos.

— Daniel Quintero Calle (@QuinteroCalle) January 13, 2021

Antecedentes
Según explicó el Grupo EPM, con ocasión de la contingencia del 28 de abril de 2018 la compañía “tenía la obligación de promover las acciones legales o solicitar la conciliación prejudicial ante la Procuraduría General de la Nación dentro de los de los dos años siguientes a la fecha citada, para obtener el resarcimiento de los perjuicios. Este plazo fue extendido por normas de la emergencia económica hasta el 12 de agosto de 2020”.

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