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Judicial

¿Puede proyectar imágenes sobre la fachada de una vivienda sin autorización?

La instalación de proyectores o la exhibición de imágenes sobre la fachada de un inmueble puede generar conflictos relacionados con el derecho de propiedad

09 de octubre de 2026

Lucas Martínez


Proyectar imágenes de viviendas
Gráfico LR
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El martes pasado, el representante José Jaime Uscategui señaló que desde su oficina en el Congreso habían activado una “Tigre Señal” con el fin de pedirle al presidente Abelardo de la Espriella que militarizara Bogotá de manera inmediata. El político aseguró que la ciudadanía no aguanta más inseguridad y les pidió ayuda a las personas para que repliquen este mensaje para que llegue al mandatario.

¿Puede proyectar imágenes sobre la fachada de una vivienda sin autorización?
Gráfico LR

Esta “Tigre Señal” consiste en un láser proyectado sobre uno de los edificios que quedan alrededor de la Plaza de Bolívar y donde dice “Tigre: militaricemos Bogotá”. Por lo cual, resulta relevante conocer si una persona puede proyectar libremente imágenes, videos o mensajes sobre la fachada de, por ejemplo, una vivienda.

Fabricio Núñez, abogado de Centro Jurídico Internacional, explicó que, si estas proyecciones no generan un cambio o daño en la fachada del bien inmueble, la persona podrá hacerlo sin ningún problema, ya que no habría disposición legal que le prohíba hacerlo. “Siempre y cuando lo que se esté proyectando no atente contra la dignidad y honra de alguna persona que vaya pasando o del dueño del inmueble, como tampoco que esta altere la convivencia vecinal.

Ya que, de ser así, si se está proyectando su mensaje político, que contiene agresiones o afrentas contra otro partido político, inducción a la comisión de un delito o cualquier clase de apología al odio, esta persona estaría inmersa en la presunta comisión del delito de instigación a delinquir, amenaza o terrorismo; todo dependerá de cada caso en concreto”, detalló Núñez.

Ahora, si este mensaje no genera ninguna conducta que pueda afectar la convivencia, la persona sería totalmente libre de proyectar lo que desee. En caso de que el mensaje instigue al odio o afecte de forma notoria la integridad moral de alguna persona o del dueño del inmueble donde está proyectando el mensaje, este podría solicitar ante la Policía que se cese la proyección, siempre que la proyección se esté dando en vía pública.

Si sucede dentro de una propiedad horizontal, también se tendrá que analizar el manual de convivencia y considerar si estas conductas constituyen una falta disciplinaria que haga merecedor de una multa a la persona que está generando la proyección.

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