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EDICTOS Y AVISOS LEGALES

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EDICTO
4 de junio de 2023

EDICTO

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO DIECINUEVE DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C.

Carrera 7 No. 12 C-23 -Piso 6° Tel: 2437531

Email: flia19bt@cendoj.ramajudicial.gov.co

LA SECRETARIA DEL JUZGADO DIECINUEVE DE FAMILIA DE BOGOTA D.C.

EMPLAZA

A MELANIA AYALA VIUDA DE DAVILA, para que se ponga a derecho en el proceso de Jurisdicción Voluntaria de PRESUNCION DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO No. 1100103110019 2022-00388-00 instaurada por MARIO ALBERTO DAVILA AYALA, MELIDA MARGARITA DAVILA AYALA, GILBERTO HORACIO DAVILA AYALA Y NELSON MILLAN AYALA, en calidad de hijos que cursa en este juzgado, y previene a todas las personas que llegaren a tener noticias del desaparecido emplazado, a fin de que las comunique al Juzgado de forma inmediata; los hechos de la demanda se relacionan así: PRIMERO: La señora MELANIA AYALA VIUDA DE DAVILA, era viuda, pero dentro del matrimonio nacieron los tres primeros hijos acá poderdantes, y luego en su viudez concibió el hijo NELSON MILLAN AYALA. SEGUNDO: La señora MELANIA AYALA VIUDA DE DAVILA tuvo su domicilio permanente en la Ciudad de Bogotá, hasta el día 15 de diciembre del año 1.996, fecha en la cual desapareció y/o se ausentó hasta hoy definitivamente. TERCERO: Desde la anterior fecha hasta el día de la formulación de esta demanda ninguna noticia se ha tenido del paradero de esta persona. Lo que se sabe son puras conjeturas y rumores, pero no hay una noticia concreta y cierta de ella. CUARTO: Desde la fecha en que se ausento hasta hoy han transcurrido más de veinticinco años y y seis meses, y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero de la mencionada persona en absoluto. QUINTO: Al tiempo de su desaparecimiento, la señora MELANIA AYALA VIUDA DE DAVILA, no aparecía como beneficiaria de ninguna pensión ni ejercía trabajo alguno, dado que padecía de demencia senil y estaba al cuidado de sus hijos. SEXTO: Se encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidas por la ley para la declaración de muerte presunta por causa de desaparecimiento de la Señora MELANIA AYALA VIUDA DE DAVILA. SEPTIMO: Tal como lo reseñé anteriormente, mis poderdantes por ser sus Hijos legítimos, tiene derecho a solicitar la declaración judicial de muerte presunta por desaparecimiento de su Señora Madre, por lo que me han conferido poder especial para entablar la demanda respectiva.

Para los efectos previstos en el art. 584 y 108 del Código General del Proceso, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 2213 de 2022. se expiden copias del mismo para publicarse en radio y en un diario de amplia circulación Nacional como el Tiempo, el Espectador o la República, tres veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro (4) meses entre cada citación.

SANDRA ROZO RODRIGUEZ

Secretaria


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