Edictos y Avisos Legales
EDICTO
De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1.988.
EMPLAZA:
A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la ADJUDICACIÓN EN SUCESIÓN de la causante LUCILA RICO OSUNA (q.e.p.d), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.003.370, fallecida el día dos (2) de enero de dos mil trece (2013), siendo la ciudad de Bogotá, lugar de su último domicilio, para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles У subsiguientes a la publicación de este EDICTO..
Este trámite se inició mediante Acta Número cero tres (03) de fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil veintitrés (2023).
Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de1.988, con sus respectivas modificaciones realizadas por los artículos 3° y 4° del Decreto 1.729 de 1.989.
CONSTANCIA: este EDICTO se fija en lugar público de la Notaría, hoy veinticinco (25) de enero del año dos mil veintitrés(2 023), a las ocho de la mañana (9:00 a. m.).
JESUS GERMAN RUSINQUE FORERO
NOTARIO CUARENTA Y NUEVE (49) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.
(HAY FIRMA)
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