Edictos y Avisos Legales
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE GIGANTE - HUILA
EMPLAZA A:
Todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en la liquidación de herencia y liquidación de la sociedad conyugal en el trámite de sucesión conjunta e intestada de los causantes ABRAHAM CABALLERO MOREA quien se identificaba en vida con la cédula ciudadanía No. 1.634.071 expedida en Gigante - Huila y quien falleció en el municipio de Gigante - Huila, el día 14 de agosto de 1986 y BERNARDINA GUTIERREZ DE CABALLERO quien se identificaba en vida con la cédula ciudadanía No. 26.498.894 expedida en Gigante - Huila, y quien falleció en el municipio de Gigante - Huila, el día 26 de noviembre de 2011, cuyo último domicilio y asiento principal de los negocios de los causantes, fue el municipio de Gigante - Huila.
Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo dentro de los diez (10) días de publicado el presente EDICTO.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día catorce (14) del mes de abril del año 2025, por el abogado CESAR PAREDES GARCIA, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.506.015 expedida en Buenaventura - Valle, abogado en ejercicio y portador de la tarjeta profesional No. 206.090 del Consejo Superior de la Judicatura y dijo: Que comparece y actúa en calidad de apoderado de la señora DIANA PAOLA CABALLERO de quién dijo es mayor de edad y se identifica con cédula de ciudadanía No. 55.113.784 expedida en Gigante - Huila, quien comparece y actúa en calidad de subrogataria de los derechos herenciales a título singular adquiridos mediante la escritura No. 203 del 15 de mayo de 2020 otorgada en la notaría única del círculo de Gigante - Huila a los señores ONAI CABALLERO GUTIERREZ, AURELIO CABALLERO GUTIERREZ, ARNULFO CABALLERO GUTIERREZ y LIBARDO CABALLERO GUTIERREZ en calidad de hijos de los causantes y escritura No. 98 del IO de marzo de 2021 otorgada en la notaría única del círculo de Gigante - Huila a los señores OLGA CABALLERO GUTIERREZ y LUIS ENRIQUE CABALLERO GUTIERREZ en calidad de hijos de los causantes, con el propósito de iniciar y terminar el trámite notarial de liquidación de herencia y liquidación de la sociedad conyugal en la sucesión doble intestada de los causantes ABRAHAM CABALLERO MOREA y BERNARDINA GUTIERREZ DE CABALLERO.
Se inició el trámite notarial mediante ACTA No. 06 del 25 de abril de 2025, por lo cual se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional, su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° numeral 2° del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, y la fijación en un lugar visible de la notaría por el termino de diez (10) días.
El presente EDICTO se fija el día veintiocho (28) de abril de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfijará el día doce (12) de mayo de 2025 a las 5:00 p.m.
Este edicto se elaboró el día veinticinco (25) de abril de 2025, en el municipio de Gigante, departamento del Huila.
YENNIFE CHAVARRO CALDERON
Notaria Encargada
(hay firma y sello)
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