Edictos y Avisos Legales
EDICTO
JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE San Juan de Pasto, diez de junio de dos mil veintidós. Ref: VERBAL SUMARIO 2021-0435 Agréguese a los autos el memorial suscrito por la apoderada judicial de la parte actora junto con las copias para la diligencia de notificación por aviso I enviadas al demandado con resultados negativos, según certificación expresa de la empresa PRONTO ENVIOS, por destinatario desconocido. Por ser legal la solicitud incoada por la apoderada del actor en escrito enviado el 06 de junio de 2022, y encontrarse reunidos los requisitos legales se accede al emplazamiento de la demandada ELVIA DEL CARMEN VALLEJO DE ENRÍQUEZ, con la advertencia de que ante la pérdida de vigencia del Decreto legislativo 806 de 2020 (04-06-22) el emplazamiento se surtirá conforme a la norma general prevista en el estatuto procesal vigente. En consecuencia, el Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto,
DISPONE: DECRETAR el emplazamiento de la demandada ELVIA DEL CARMEN VALLEJO DE ENRÍQUEZ,. identificada con cédula N° 30.712.421 de Pasto, en la forma prevista en el artículo 108 del C. G.P., para que dentro del término de quince (15) días contados después de la publicación en el Registro Nacional de Personas Emplazadas comparezca a este juzgado a recibir notificación del auto admisorio de la demanda de fecha 21 DE JULIO DE 2021 y a estar en derecho en el proceso, advirtiéndole que de no hacerlo dentro del término se le designará curador ad-litem con quien se surtirá la notificación. Para lo cual, y con base al inciso primero y tercero de la citada norma la parte interesada dispondrá la publicación en un listado que se publicará por una sola vez en un medio escrito el día domingo bien sea en el Diario del Sur, el Tiempo, el País, o la República a elección del demandante. El interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva tan pronto se hubiere publicado para efectos de dar aplicación a lo preceptuado en los incisos 5o y ss del art. 108 C.G.P. Notifíquese y cúmplase La Juez. Dorys Arteaga de Maya (Hay firma) 33090
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