Edictos y Avisos Legales
EDICTO
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE CARTAGENA
PROCESO: ADJUDICACION JUDICIAL DE APOYOS
PROMOTOR: ELENA DEL CARMEN ABDALA DE CUADRO
BENEFICIARIO DE APOYOS JUDICIALES -ALBERTO CUADRO NARVAEZ
RADICADO: 13-001-31-10-006-2024-00422-00
Cartagena de Indias D.T. y C., 29 de octubre de 2024. AUDIENCIA
AUDIENCIA INICIAL, DE INSTRUCCION Y JUZGAMIENTO
lnicio de audiencia: 09:00 a.m. del 29 de octubre de 2024.
Fin de audiencia: 9:45 a.m. del 29 de octubre de 2024.
INTERVINIENTES
POR EL JUZGADO: JUEZ — CARLOS EDUARDO GARCIA GRANADOS
POR LA PARTE PROMOTORA: ELENA DEL CARMEN ABDALA DE CUADRO C.C. 33.151.109
BENEFICIARIO DE APOYOS JUDICIALES: ALBERTO CUADRO NARVAEZ C.C. 9.092.787
APODERADO JUDICIAL:
PARIENTES WILMER LORA CASTILLA C.C. 73.125.510
ELENA MARGARITA CUADRO ABDALA C.C. 45.593.661
BLADIMYR CUADRO ABDALA C.C 73.581.731
AMIRA GISELA CUADRO ABDALA C.C. 45.527.970
BLAS ENRIQUE CUADRO ABDALA C.C. 73.168.464
ETAPAS SURTIDAS:
1. ANALISIS PROBATORIO
2. SENTENCIA
SENTENCIA En merito de lo anteriormente expuesto este Juzgado Sexto de Familia de Cartagena administrando justicia en nombre de la Republica de Colombia y por autoridad de la ley,
RESUELVE PRIMERO: ACEPTESE la necesidad de la ADJUDICACION JUDICIAL de apoyos en favor del señor ALBERTO CUADRO NARVAEZ identificado con cedula de ciudadania N° 9.092.787 y se designa a la señora ELENA DEL CARMEN ABDALA DE CUADRO identificado con cedula de ciudadania N° 33.151.109 como su apoyo principal. Sus hijos ELENA MARGARITA CUADRO ABDALA identificada con la C.C. 45.593.661, BLAS ENRIQUE CUADRO ABDALA identificado con la C.C. 73.168.464, AMIRA GISELA CUADRO ABDALA identificada con la C.C. C.C. 45.527.970 y BLADIMYR CUADRO ABDALA identificado con la C.c 73.581.731, brindaran los apoyos necesarios en la medida que sean requeridos.
SEGUNDO: Los apoyos se brindaran para los siguientes actos juridicos concretos: En su esfera economica: - Administre la pension que recibe el discapacitado como pensionado de la Policia Nacional señor ALBERTO CUADRO NARVAEZ. - Tener acceso a las entidades bancarias donde se consignen su mesada pensional y primas adicionales (solicitar cambio de claves, cambio de tarjeta para el cobro de la pensión en los cajeros electronicos, u/o cualquier otra petición referente al manejo de su cuenta de pensionado). - Hacer los pagos y las compras de elementos y objetos personales, que requiera el discapacitado (elementos de aseo, ropa, medicamentos, alimentos, salud, transporte, recreación, pago de enfermera, servicios públicos etc. - Realice en su nombre de ser el caso contratos de compra venta de bienes muebles e inmuebles en pro del mismo, afin de buscarle el mayor bienestar posible para una subsistencia digna, acorde a sus necesidades. En su esfera de la salud: - Este atenta a todas sus necesidades basicas personales relacionados con la salud, como: - Llevarlo al medico. - Reclamar las medicinas. — Solicitar y coordinar las citas medicas. — Verificar que se le realicen las terapias que ordenen los médicos tratantes. — y adelantar las acciones que correspondan en pro de la su salud y vida digna. En su esfera de sus cuidados personales generales: - Brinde los cuidados generales y personales que requiera el señor ALBERTO CUADRO NARVAEZ, como: - Alimentación, vestuario, protección, recreación, sus cuidados personales generales Estar atenta a que se le realicen las terapias ordenadas por los medicos tratantes etc. En la esfera de actos Juriídicos u/o administrativos: -Presentar de ser el caso Acciones judiciales (demandas ordinarias u/o constitucionales — acciones de tutela) — Representarlo en procesos de sucesión de ser el caso. — Autorizarla para que Firme el acuerdo de divorcio, dejado firmado y autenticado ante la Notaria Quinta del Circulo de Cartagena por la actual esposa YESENIA MARGARITA MARTINEZ MONTALVO, quien se identifica con la CC #45,514.366, de quien se encuentra el discapacitado separado de hecho desde el mes de octubre del año 2019. — Que pueda ordenar procedimientos médicos de urgencia de alta complejidad - Todos los demás asuntos que correspondan para beneficio de la salud y vida digna del mismo
TERCERO: Por secretaria, se ordena oficiar a la oficina de registro de estado civil correspondiente. CUARTO: Se ordena insertar la presente decisión en un diario de amplia circulación nacional verbigracia EL ESPECTADOR, EL TIEMPO o LA REPUBLICA, de conformidad con el numeral quinto literal (e) del articulo 56 de la ley 1996 de 2019. QUINTO: La duración del apoyo que se esta señalando en esta audiencia sera de cinco (5) anos, de conformidad con las disposiciones legales correspondientes, vencidos los cuales se deberá promover la revisión correspondiente. Una vez notificado al agente del Ministerio Publico°, quedara ejecutoriada esta providencia y se notificara lo correspondiente. Esta decisión se notifica en estrados y contra ella proceden los recursos de ley. Sin recursos presentados.
SE TERMINA HOY 29 DE OCTUBRE DE 2024 SIENDO LAS 9:45 AM.
CARLOS EDUARDO GARCIA GRANADOS JUEZ
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