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EDICTOS Y AVISOS LEGALES

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RESOLUCIONES
EDICTO
22 de marzo de 2024

RESOLUCION

Curaduría Urbana No. 2 de Girón 

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON 

Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY 

RESOLUCION No. AACU2G- 0142 14032024 

RAD.: N° 683072230414 DEL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2023 

POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO

RESUELVE: 

PRIMERO: CONCEDER el reconocimiento de la existencia de una edificación para uso de VIVIENDA BIFAMILIAR a LEONOR RINCON DE GELVES, identificada con cédula de ciudadanía No. 28.148.364, JULIE ALEXANDRA GARNICA GELVES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.095.911.734 y LAURA FERNANDA PEREZ GARNICA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.005.157.307, en su calidad propietaria del predio con nomenclatura CL 20 A SUR NUMERO 24-27 CIUDADELA NUEVO GIRON LT 22 MZ B SECT 1 del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 683070106000000040024000000000, matrícula inmobiliaria N° 300-361089.  SEGUNDO: AUTORIZAR LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN en suelo urbano, con un área construida de 87.80 m2, en un lote con un área de 44.10 m2, para Dos (2) unidades de vivienda en Dos (2) pisos con cubierta inclinada. PRIMER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 44.10 m2, AREA LIBRE DE 0.00 m2. SEGUNDO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 43.70 m2, AREA LIBRE DE 0.00 m2. TOTAL, AREA CONSTRUIDA DE 87.80 m2, TOTAL, AREA LIBRE DE 0.00 m2.  TERCERO: El presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales de una licencia de construcción.-- PARÁGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción.".  CUARTO: Informar al titular de la solicitud que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015, no debe ocupar total o parcialmente el espacio público, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado.  QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015 SEXTO: El juego de planos arquitectónicos, peritaje estructural y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución.  SÉPTIMO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. OCTAVO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta.  Expedida en Girón, a los 14 MAR 2024  Notifíquese, Publiquese y Cúmplase.  ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY Curador Urbano N° 2 Girón  (HAY FIRMA)


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