Edictos y Avisos Legales
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días en el trámite de la sucesión intestada y liquidación de la sociedad conyugal del(la) causante(s) DOLORES CARDENAS ORTIZ (Q.E.P.D.), con cedula de ciudadanía número 28.326.937 expedida en Rionegro.
La Abogada ADRIANA XIMENA ALBARRACIN RINCON, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía número 37.513:175, abogada titulada en ejercicio, con Tarjeta Profesional 125.346 del Consejo superior de la Judicatura, como apoderada de LEONARDO PLATA CARDENAS, identificado con cédula de ciudadanía número 91,224.598 de Bucaramanga, ANA CONSUELO PLATA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía número 63.336.479 de Bucaramanga, MARIA EUGENIA PLATA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía número 63.347.940 de Bucaramanga, MARTHA MARLENE PLATA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía número 63.308.829 de Bucaramanga, HORACIO CARDENAS, identificado con cédula de ciudadanía número 13.825.877 de Bucaramanga, quienes actúan en calidad de hijos de la causante DOLORES CARDENAS ORTIZ ( Q.E.P.D.), con cedula de ciudadanía número 28.326.937 expedida en Rionegro, fallecida en Piedecuesta el 27 de enero de 2.024 siendo Bucaramanga su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios, presentaron ante esta Notaría solicitud para el trámite de sucesión del(la) citado(a) causante(s).
Aceptado el presente trámite, mediante ACTA No 067 de fecha 15 de abril de 2025, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, sú difusión por una vez en una emisora de este municipio, y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
Para constancia, se fija el presente edicto en la cartel del día 15 de abril de 2025.
MARCO TULIO SINISTERRA HURTADO
Notario Quinto de Bucaramanga
(hay firma y sello)
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