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Edictos y Avisos Legales





NOTARIAS

10 de marzo de 2026

EDICTO

NOTARIA QUINTA DE BUCARAMANGA  -EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA - A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días en el trámite de la sucesión conjunta e intestada del(la) causante(s) HILARIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ (Q.E.P.D.) y ENCARNACION BAUTISTA DE RODRIGUEZ, (Q.E.P.D.), en vida se identificaban con cedulas números 2.096.559 y 28.164.000.YOLANDA RODRIGUEZ BAUTISTA, mayor de edad vecina domiciliada en Bucaramanga, identificada con cedula de ciudadanía numero 63.353.643 expedida en Bucaramanga, de estado civil soltera sin unión marital de hecho, obro en nombre propio y en representación de mis hermanos FRANKLIN HILARIO RODRIGUEZ BAUTISTA, mayor de edad, vecino y domiciliado en Bucaramanga, identificado con la cédula de ciudadanía número 91.271.196 expedida en Bucaramanga de estado civil soltero sin unión marital de hecho, RAUL RODRIGUEZ BAUTISTA, mayor de edad vecino y domiciliado en Bucaramanga, identificado con cedula de ciudadanía número 91.248.663 expedida en Bucaramanga, de estado civil soltero sin unión marital de hecho, en calidad de herederos de sus padres HILARIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ y ENCARNACION BAUTISTA DE RODRIGUEZ, en vida se identificaban con cedulas de ciudadanías números 2.096.559 y 28.164.000, fallecieron en Bucaramanga respectivamente, los días 22 de enero de 2022 y el día 21 de diciembre de 2022, inscritos en los seriales números 10497999 y 10360990 de la Notaria Octava del Círculo de Bucaramanga y de la Notaria Segunda del Círculo de Bucaramanga. Siendo su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, presento ante esta Notaría solicitud para el trámite de sucesión del(los) citado(s) causante.Aceptado el presente trámite, mediante ACTA N° 017 de fecha 24 de febrero de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio, y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988.Para constancia, firmo la presente acta, en la ciudad de Bucaramanga, a los 24 días del mes de febrero del dos mil veintiseis (2.026). MARCO TULIO SINISTERRA HURTADO Notario Quinto del Círculo de Bucaramanga (hay firma)

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