Edictos y Avisos Legales
EDICTO
JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES
Mayo ocho (08) de dos mil veinticinco (2025)
Siendo las 09:00 am el Despacho se dispone a realizar la audiencia de que trata el artículo 56 de la ley 1996 de 2019 dentro del proceso de INTERDICCIÓN, adelantado en favor de la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO, bajo radicado 2005-279.
Asistencia:
Interdicta:BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO.
Cuidador:MARINO ANTONIO GONZÁLEZ CUERVO.
ENTREVISTA: Se realiza la entrevista al señor MARINO ANTONIO GONZÁLEZ CUERVO. Así mismo, se realiza la entrevista a la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO en presencia de su cuidador.
FALLO: En mérito de lo expuesto, el Juzgado Tercero de Familia de Manizales, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
FALLA:
PRIMERO: REVISAR la Sentencia de Interdicción por discapacidad mental emitida por el Juzgado Tercero de Familia de Manizales el pasado 19 de diciembre de 2007, respecto de la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO.
SEGUNDO: DECLARAR que, en virtud de esa revisión, se pudo constatar que la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO requiere de apoyos para el ejercicio de su capacidad legal, en los siguientes actos jurídicos:
1. Para adelantar cualquier trámite o petición ante el Fondo de Pensiones, del cual ella recibe la pensión.
2. Para recibir y administrar el dinero correspondiente a la pensión que devenga la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO.
3. Para adelantar cualquier trámite ante la EPS SANITAS, entidad a la cual se encuentra afiliada la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO, para lo relacionado con la prestación del servicio de salud que ella requiere.
Parágrafo: Como persona de apoyo en el ejercicio de la capacidad legal de la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO en esos actos jurídicos concretos, se designa al señor MARINO ANTONIO GONZÁLEZ CUERVO.
TERCERO: OFICIAR a la oficina de Registro Civil, ya sea Notaría o Registraduría, donde se encuentra registrado el nacimiento de la señora BLANCA NIDIA GONZÁLEZ CUERVO para que se anule de su Registro Civil de Nacimiento, la Sentencia de Interdicción emitida por el Juzgado Tercero de Familia de Manizales el pasado 19 de diciembre de 2007.
CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente Sentencia en un diario de amplia circulación nacional (Diario El Tiempo o Diario La República).
Por tratarse de una decisión oral la misma queda notificada en estrados. Sin recursos. Se declara ejecutoriada la decisión. Seguidamente se le notifica la designación al señor MARINO ANTONIO GONZÁLEZ CUERVO después de ponerle de presente sus responsabilidades previstas en los artículos 41 y 46 de la ley 1996 de 2019, y tomarle el juramento de rigor, el mismo acepta el cargo, por lo que
se le declara legalmente posesionado.
La audiencia puede visualizarse en el siguiente enlace:
PROCESO_ 17001311000320050027900 AUDIENCIA DESPACHO_ Juzgado 003 de Familia de Manizales 170013110003 MANIZALES - CALDAS-20250508_093323-Grabación de la reunión.mp4
SULI MIRANDA HERRERA
JUEZ
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