Edictos y Avisos Legales
EDICTO
Emplazamiento
Carlos Alberto Hincapié Ospina, agente especial designado por el municipio de Armenia, considerando:
Que a través de la resolución 039 del 10 de marzo de 2023, la subdirección del departamento administrativo de planeación resolvió decretar la intervención forzosa administrativa con fines de administración y en consecuencia tomar inmediata posesión de los negocios, bienes y haberes de las sociedades Geo Casamaestra SAS identificada con el nit. 900.376.562-6, Casamaestra SAS identificada con el nit. 901.016.362-1 y Promotora Oviedo Armenia SAS identificada con el nit. 900.964.406-8… designándome como agente especial.
Que a través de aviso publicado en el diario la república en fecha 15 de marzo de 2023 y a través de la página web de la alcaldía de armenia se puso en conocimiento de todos los interesados la medida decretada y se otorgó plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones a quienes se consideraran con derecho a formularlas.
Que previo al decreto de la medida de toma de posesión estaba en curso un proceso de reorganización de las intervenidas en regencia de la ley 1116 de 2006, mismo que fue concluido y remitido los expedientes a este agente especial y ante el cual varios afectados presentaron reclamación.
Que el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, EOSF, ha establecido con respecto a la toma de posesión de cualquier índole que: “”los acreedores, incluidos los garantizados, quedarán sujetos a las medidas que se adopten para la toma de posesión, por lo cual para ejercer sus derechos y hacer efectivo cualquier tipo de garantía de que dispongan frente a la entidad intervenida, deberán hacerlo dentro del proceso de toma de posesión y de conformidad con las disposiciones que lo rigen. ”
Que por disposición de la ley 1437 de 2011 las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la constitución política, en la parte primera de este código y en las leyes especiales (…) las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios (…) eficacia (…) 11. en virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa”.
Que se hace necesario establecer un límite para la recepción oportuna de reclamaciones en resguardo del derecho a la igualdad que rige el proceso, determinar el valor total del pasivo y para el correcto desarrollo del proceso, por lo que:
El agente especial designado emplaza a las personas de cualquier índole y naturaleza que se consideren con derecho, y aún no lo hayan realizado, a formular reclamaciones contra las sociedades Geo Casamaestra SAS, Promotora Oviedo Armenia SAS, y Casamaestra SAS, identificadas previamente, para que dentro de los 30 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente, realicen su reclamación ante el agente especial, con las pruebas siquiera sumarias que demuestren su derecho, cualquier reclamación que no esté debidamente probada, se rechazará de plano.
Las reclamaciones deberán presentarse de lunes a viernes, en el horario de 8 am a 12 m y de 2 a 5 pm, en las oficinas de la intervención ubicadas en carrera 13 número 2 norte – 01 piso 7, Centro de Negocio Fundadores, oficina 10, armenia, Quindío o a través del correo electrónico interproyectoscarloshincapie@gmail.com. Una vez vencido este plazo, cualquier reclamación presentada se considerará extemporánea.
Vencido el término anterior para presentar reclamaciones de manera oportuna, el expediente se mantendrá en traslado común a los interesados en las oficinas de la intervención por el término de cinco (5) días hábiles, con el objetivo de que se presenten objeciones a las mismas.
Además, se debe tener en cuenta:
Todos los bienes de las intervenidas están bajo la guarda y custodia del agente especial designado. Cualquier persona, incluidos secuestres y auxiliares de justicia, que tenga en su poder activos de las intervenidas deberá devolverlos de manera inmediata al agente especial, sin perjuicio de que se autorice la ocupación de bienes inmuebles a quienes lo estuvieran ocupando previo a la toma de posesión, hasta tanto el agente especial requiera su entrega o escriture, de ser posible.
Las reclamaciones en este proceso son independientes a cualquier otra realizada con anterioridad ante cualquier otra entidad o instancia. No será necesario que presenten reclamación nuevamente quienes ya la presentaron ante este agente especial.
Todos los acreedores, incluidos los garantizados, quedan sujetos a las medidas que se adopten para la toma de posesión, por lo cual para ejercer sus derechos y hacer efectiva cualquier tipo de garantía de que dispongan frente a la entidad intervenida, deberán hacerlo dentro del proceso de toma de posesión.
El agente especial está facultado para poner fin a cualquier clase de contratos existentes al momento de la toma de posesión.
El contenido completo de la resolución 039 del 10 de marzo de 2023 y demás medidas podrá ser consultado a través de la página web de la alcaldía municipal de armenia.
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