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Edictos y Avisos Legales





REMATES

20 de abril de 2025

 

AVISO DE REMATE

134-2020 A Despacho de la señora Juez, hoy 24 de Febrero de 2025.

MARIA ESTHER BETANCUR GONZALEZ Secretaria.

JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO Pereira Risaralda, febrero veinticinco de dos mil veinticinco. En atención a la solicitud formulada por el apoderado judicial de la parte ejecutante en el escrito que antecede y por ser procedente, como fecha para llevar a cabo la diligencia de remate y venta en pública subasta de los derechos de cuota (33.33%) que sobre el bien inmueble matriculado al No. 290-142504 posee la ejecutada LUZ STELLA MARIN CASTAÑEDA, se fija la hora de las 9:00 A.M. del día 2 de Mayo de 2025, la que conforme a lo preceptuado por el Art. 7° del Decreto 806 de 2020 se realizará en forma virtual a través de la aplicación teams, que es la herramienta tecnológica oficial que fue asignada para dicho evento. Para tal efecto dentro del término de ejecutoria de este auto y través de la Secretaría se remitirá a los correos electrónicos de las partes y apoderados el enlace para ingresar a la reunión en la que se llevará a cabo la diligencia. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado al bien y postor hábil quien previamente consigne a órdenes del Juzgado el cuarenta por ciento (40%) de los mismos en la cuenta de depósitos judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA DE LA CIUDAD. Los interesados deberán solicitar al Juzgado a través del correo electrónico el envío del enlace para acceder a la audiencia, suministrando para ello la dirección de correo electrónico correspondiente. Por este mismo medio deberá aportar copia de la consignación del Banco Agrario correspondiente al 40% del avalúo. Las posturas se podrán hacer dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de la diligencia, siendo enviadas al correo institucional de la titular del despacho (msepulvg@cendoj.ramajudicial.gov.co), con el fin de dar cumplimiento a lo preceptuado por el Art. 451 del  Código General del Proceso en relación con la reserva y custodia en cabeza del juez. Llegados el día y la hora para el remate el encargado de realizarlo anunciará el número de sobres recibidos con anterioridad en el correo electrónico institucional de La juez, mismos que deberán contener además de la oferta, copia del depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso, los cuales serán enviados al correo electrónico del despacho con el fin de dar cumplimiento a la confidencialidad de que trata el Art. 452. Transcurrida una hora desde el comienzo de la licitación se observará lo dispuesto por el Art. 452 Inciso 2° del Código General del Proceso. Verifíquese la publicación del aviso de remate en la forma y términos establecidos por el Art. 450 del Código General del Proceso. Con la copia informal de la copia del periódico deberá allegar certificados de tradición correspondientes a los bienes a subastar, expedidos dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, publicación que deberá ser enviada al correo electrónico del despacho (j03ccper@cendoj.ramajudicial.gov.co). En cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 448 Inciso 3° del Código General del Proceso se verificó el control de legalidad previsto por el Art. 25 de la Ley 1285 de 2.010, encontrando el Juzgado que no existe causal de nulidad que afecte el normal desarrollo del proceso. NOTIFIQUESE.

Firmado Por: Martha Lucia Sepulveda Gonzalez Juez Circuito Juzgado De Circuito Civil 003 Oral Pereira - Risaralda Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bfd52c0a00ab55e55db497801150944eb7c51bfb87c25eb745fda437c55ce1a5

Documento generado en 25/02/2025 11:02:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO PEREIRA RISARALDA CERTIFICO: Que por estado No. 016 del 26 de febrero de 2025, notifico a las partes el contenido de la providencia anterior. MARIA ESTHER BETANCUR GONZÁLEZ Secretaria

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