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REMATES
EDICTO
29 de enero de 2023
AVISO REMATE
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGO - VALLE
AVISA
Que el DIA JUEVES VEINTITRES (23) DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES (2023) A LAS OCHO Y DIEZ DE LA MAÑANA 08:10 AM, PROCESO: Ejecutivo DEMANDANTE: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. NIT 800.037.800-8 DEMANDADO: OFIR CANO ALZATE C.C. 31.419.443 RADICADO No. 2013-00299 JUZGADO SEGUNDO (2) CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGO – VALLE. BIEN INMUEBLE CON MATRICULA INMOBILIARIA: 375-0001941 de la oficina de Registro de instrumentos públicos de Cartago, predio ubicado en el paraje La Moravia Jurisdicción del Municipio de Ansermanuevo del Valle del Cauca, con cavidad superficiaria de seis hectáreas mas o menos, mejorado con cultivos de café y cosechadores, demás mejoras y anexidades totalmente abandonado, determinado por los siguientes linderos: Por el pie y un costado con propiedad Antonio María Jiménez Gómez, por la cabecera con propiedad de Francisco Arbeláez y por el ultimo costado con el predio Las Peñas de propiedad de Jaime de Jesús Toro. TRADICION: Adquirió la Señora Ofir Cano Álzate el bien inmueble por compraventa que le hicieran al Señor Jhon Jairo Toro Castaño y otros mediante escritura pública No. 687 de 30 de Diciembre de 2006, corrida en la Notaria Única de Ansermanuevo - Valle.-###Este inmueble se encuentra identificado con el folio de matricula inmobiliaria 375-0001941 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartago con la ficha catastral número 00-00-0004-0269-000.### TOTAL AVALUO DEL INMUEBLE: TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 36.400.000,oo,). La licitación durara un hora, su base será el 70% del avalúo que corresponde a ($25.480.000) y postor hábil quien previamente consigne en dinero el 40% del mismo que corresponde a ($ 14.560.000) en la cuenta de depósitos judiciales No. 761472041002 que tiene el juzgado Segundo Civil Municipal de Cartago en el Banco Agrario de Colombia S.A. de Cartago Valle, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o, dentro de la hora prevista para el mismo, únicamente al correo electrónico j02cmcartago@cendoj.ramajudicial.gov.co, en mensaje cifrado (Si así lo considera el interesado). La diligencia se iniciara en la fecha y hora indicadas (10 minutos antes se empezará a dar acceso a la sala virtual) y se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 452 del código General del Proceso. Esta, dadas las actuales circunstancias y siempre que no se disponga otra cosa de parte del Consejo Superior de la Judicatura o de parte nuestra para garantizar su adecuada realización (lo cual será anunciado con la debida antelación a través de los estados electrónicos del juzgado en la página web de la Rama Judicial), se llevara a cabo por Lifesize, a través del siguiente enlace: https://call.lifesizecloud.com/16155738. El depósito o constancia del mismo, deberá allegarse por el mismo medio electrónico, junto con la oferta suscrita por el interesado en adquirir el bien mueble a subastar. La oferta es irrevocable. Lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 451 y 452 del C.G.P Transcurrida una hora desde el inicio de la audiencia el juez o el encargado de realizar la subasta, abrirá los mensajes o pedirá las claves para abrir los respectivos archivos y leerá las ofertas que reúnan los requisitos señalados en este numeral para los efectos a los que hayan lugar.- Actúa como secuestre GERMAN TORO BEDOYA quien se puede localizar en la calle 8 No. 4-19 de Ansermanuevo en el teléfono 3146393812 y, quien puede mostrar el bien objeto de remate como lo establece el artículo 450 numeral 5 del C.G.P. Publíquese el correspondiente listado de remate en la forma y términos indicados en el artículo 450 ibidem, por una sola vez en un periódico de amplia circulación en Cartago EL TIEMPO, EL ESPECTADOR, LA REPUBLICA, EL PAIS O DIARIO DE OCCIDENTE, se publicará una sola vez el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate.-Apórtese una copia o constancia informal de la página del periódico en que se haya hecho la publicación antes de la apertura de la licitación. Igualmente deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate.
PAULO CESAR RAMIREZ DAVILA
JUEZ
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