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Marcas

ADX de Coldiesel detuvo el registro de la marca Adxtg de Sanyang Motor ante la SIC

El órgano de control determinó que ambas marcas tienen productos similares, por lo que su coexistencia en el mercado no es viable

18 de enero de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


ADX de Coldiesel detuvo registro de Adxtg de SYM
SYM
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La empresa Sanyang Motor se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Adxtg, para distinguir servicios comprendidos en la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza. Esta abarca todo lo relacionado con las motocicletas, su funcionamiento, piezas, entre otros.

Ante la solicitud, la Distribuidora Coldiesel presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el literal A del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Según la opositora, los productos de la marca solicitante son complementarios con la que ellos poseen. De igual forma, resaltan que la identidad gráfica y el signo utilizado por parte de la marca solicitante es “extremadamente parecido”, ya que el de ellos es ADX y el de la marca solicitante es Adxg.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Amaya Socio de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado Adxtg reproduce la marca registrada ADX, de manera que su coexistencia en el mercado puede inducir al consumidor a una errónea asociación respecto del origen empresarial de marca”.

La empresa opositora pidió que se le preste especial atención a la finalidad y mercado que comparten, pues son los principales factores de riesgo que impiden la coexistencia de ambas marcas en el mercado.

Sanyang Motors respondió que el orden de las iniciales registradas no es arbitrario, ya que representan y evocan características de los productos y servicios ofrecidos al consumidor. Dijeron, además, que los servicios de Coldiesel están enfocados en aditivos químicos y ellos se enfoca en el tipo de vehículo automotor. Agregaron que no hay razones de confundibilidad para el consumidor al momento de comprar las marcas puesto que ofrecen servicios diferentes.

En el análisis realizado por el órgano de control, la entidad concluyó que las letras TG como diferencial, no son suficiente para evitar el riesgo de confusión entre los signos. Por ello decidió negar la solicitud de registro de la marca Adxtg.

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