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Marcas

CarritoConstructor no se registró como marca por la oposición que puso Homecenter

La SIC extendió la notoriedad del signo constructor para las clases relacionadas a implementos y herramientas de construcción

14 de mayo de 2021

Juan Francisco Campuzano Vélez


Sodimac Colombia
Canal de noticias de Asuntos Legales

A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la sociedad Hoyos Giraldo e Hijos para registrar la marca CarritoConstructor (mixta), con la que distinguiría productos comprendidos en la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza.

A ese registro se opuso la sociedad Sodimac Colombia S.A., propietarios de los almacenes Homecenter y su marca especializada en construcción: Constructor.

Para la compañía, su oferta de valor es la que más le aporta al mercado, por su calidad y procesos, que en más de 20 años ha consolidado una marca distintiva para los usuarios del sector de construcción.

Respecto a ese punto, determinaron que el parecido que la solicitud tiene con su signo es riesgosamente confundible. Indicaron que, si llegasen a coexistir, los consumidores asociarían el origen empresarial.

“El signo solicitado no solo involucra la marca Constructor, notoriamente conocida, sino que su interés es incursionar en el mercado donde nuestra compañía tiene gran presencia”, dijo la oposición. Aportaron las pruebas de registros de las marcas que ostentan la notoriedad.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroAbogado en Holland & Knight

    “Comparto la decisión de la SIC. Se tuvo en cuenta la protección extendida de la notoriedad que ostenta la oposición. La notoriedad es un factor en extremo importante, que blinda las marcas en pleito”.

Hoyos Giraldo dijo que sus servicios también son reconocidos en el mercado, lo que, si bien no le otorgará notoriedad, refleja una equidad de experiencia en el sector.

Insistieron que la expresión ‘constructor’ no debería ser apropiada por nadie, por lo que solicitaron a la SIC hacer válida su expresión débil.

La Superindustria, tras determinar la nominación como preponderante, encontró que Constructor tiene una notoriedad que no debe desconocerse, por lo que extendió dicha notoriedad y negó el registro de CarritoConstructor.
juan francisco campuzano

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