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Marcas

Colombina S.A se opuso al registro de la marca Fusioon ante la Superintendencia

Tieniendo en cuenta los argumentos, la SIC tomó la decisión de negar el registro de la marca Fusioon.

14 de enero de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

Signo Opositor

Signo Solicitante


Colombina S.A se opuso al registro de la marca Fusioon
Colombina S.A.S
Canal de noticias de Asuntos Legales

La sociedad Fusión Helado Artesanal se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, con el fin de registrar la marca Fusioon, para distinguir servicios de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como helados cremosos de frutas en palito o en barra; helados cremosos en barras, entre otros.

Luego de la solicitud, Colombina S.A. presentó oposición con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.

Colombina S.A indicó que el nombre solicitado carece de distintividad y resulta confundible frente a su marca Fussione al ser muy semejante desde todo aspecto, dada la coincidencia completa en las letras. Además, indicaron que la marca solicitada Fusioon reproduce de manera prácticamente idéntica a la marca opositora Fussione, pues reproduce en idéntico orden la mayoría de las letras que la conforman: F, u, s, i, o, n. No se incluyen elementos adicionales suficientes que logren otorgar una verdadera distintividad, pues se argumenta que “el elemento gráfico que la acompaña tampoco es lo suficientemente novedoso”.

De igual manera, explicaron que estas similitudes generan impacto global y visual que afectan directamente a los comerciantes, impidiéndoles tomar su elección libremente al momento de encontrar en el mercado los productos (iguales y relacionados) identificados con una y otra marca.

Explicaron también que, cómo las coberturas coinciden al tratarse de productos alimenticios dulces como son los helados, por un lado, y los confites, chocolates y pasteles, por el otro, “el riesgo de confusión y error será aún mayor para el público consumidor, pues los canales de comercialización y de distribución utilizados para el ofrecimiento de estos productos en el mercado serán exactamente los mismos”.

Por su parte, Fusion Helado Artesanal S.A.S. no declaró ninguna respuesta o declaración a lo presentado por la oposición.

Mientras que la SIC explicó en su análisis comparativo que la marca citada de oficio posee una marcada semejanza ortográfica, fonética y conceptual que los hace similarmente confundibles. En este contexto, las variaciones introducidas en el signo solicitado, tales como, la duplicación de la vocal “O” y la estilización gráfica de las letras, no son suficientes para generar una diferenciación.

Finalmente, teniendo en cuenta los argumentos, la SIC tomó la decisión de negar el registro de la marca Fusioon.

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