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  • Noelia Cigüenza Riaño

viernes, 25 de octubre de 2019

No obstante, nos permitimos rectificar que la compañía Tissot nunca fue parte del proceso por lo cual el fallo no la vincula de forma alguna

El pasado 2 de julio, Asuntos Legales publicó una nota titulada “SIC ordenó a la compañía de relojes Tissot cumplir con garantías de reparación” en la que se hacía referencia uno de los primeros fallos en el país que había logrado una orden directa a una compañía internacional de lujo.

No obstante, nos permitimos rectificar que la compañía Tissot nunca fue parte del proceso por lo cual el fallo no la vincula de forma alguna.

En ese caso, el demandante era el señor Julio José Seneor y en calidad de demandado se encontraba la compañía T.S.Q.., por lo tanto, Tissot no tenía participación alguna dentro del proceso ni dentro de la decisión por parte de la Superintendencia.

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