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martes, 15 de febrero de 2022

Fedecafe argumentó que los productos solicitados para registro presentan la misma identidad y conexión competitiva en el mercado

Palmero Café S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio para registrar la marca Palmero (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota bebidas a base de café, cacao, chocolate y otros.

Luego de la solicitud la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia presentó un recurso de oposición argumentando que posee una protección de la denominación de origen “Café de Colombia” y que se parece a su marca registrada, El Palmero.

Teniendo en cuenta esto, argumentó que la expresión “Café de Colombia” se adhirió a un régimen especial de protección que permite su utilización únicamente a través del procedimiento de autorización de uso, impidiendo el registro de marcas que imiten o contengan una denominación de origen para productos del mismo nicho de mercado. Además, indicó que los productos que se pretenden registrar comparten identidad y conexión competitiva, lo que podría generar confusión en los consumidores.

Palmero Café dio respuesta a la oposición argumentando que no es cierto que el signo solicitado reproduzca, imite o contenga la denominación de origen “Café de Colombia”, en la medida en que solamente incluye la denominación “Palmero” y la expresión “Café Especial de Colombia” tiene una connotación meramente explicativa de la naturaleza de los productos. Además, que el trámite para el uso de la denominación de origen e indicación geográfica ya se encuentra en curso a través de la Cooperativa de Caficultores de Manizales.

Luego de su análisis, la SIC concluyó que los signos analizados son similarmente confundibles, ya que se observa que son conceptual, ortográfica y fonéticamente similares, ya que el signo solicitado reproduce la parte relevante del antecedente, compartiendo todas sus letras (Palmero). Por otra parte, señaló que existe una relación entre los productos ofrecidos y los canales publicitarios empleados para la promoción de los productos, por lo que el consumidor podría confundir el origen empresarial de ambos productos.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroSocio de Holland & Knight

    “En la clase 29 y 30 puede haber una conexidad; así como está solicitado el signo puede darse la causal de que se parezca a otra marca previamente registrada”.

Por esta razón, la Superintendencia de Industria y Comercio tomó la decisión de declarar fundada la oposición interpuesta por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y negar el registro de la marca Palmero (Mixta) para distinguir productos dentro de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

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